Penal - Rol O-637-2022
MP C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua. * RUC: 2200280878-5 * RIT: 637-2022 * Fecha de la sentencia: 7 de febrero de 2024. * Tipo de procedimiento: Juicio oral por delito de robo en bienes nacionales de uso público.
• Hechos acreditados: * Hecho 1 (24 de marzo de 2022): En la intersección de Avenida Italia con Avenida España, Rancagua, y cortaron 40 metros de cables de tendido telefónico (Telefónica S.A.) utilizando un "napoleón", una cuerda y una mochila. Los acusados fueron detenidos mientras enrollaban el cable. * Hecho 2 (17 de mayo de 2022): En calles Múnich con Nápoles, Rancagua, se cortaron cables de alumbrado público (CGE). fue encontrada en el lugar, pero no se pudo establecer su participación más allá de toda duda razonable.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Hecho 1: Robo de cosas que se encuentran en bienes nacionales de uso público (artículo 443 del Código Penal). * Pena impuesta a : Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo. * Pena impuesta a : Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo. * Penas accesorias: Inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. * Hecho 2: La acusada fue absuelta por falta de pruebas.
• Antecedentes relevantes del imputado: * : 43 años, dueña de casa, soltera. * : 42 años, obrero en construcción, soltero. * Ambos acusados no gozan de irreprochable conducta anterior, con anotaciones penales previas.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Agravante artículo 449 bis del Código Penal: Se desestimó, ya que no se acreditó que los acusados formaran parte de una agrupación u organización. * Agravante artículo 12 N°16 del Código Penal (reincidencia): Se desestimó para , argumentando que el delito anterior (robo en lugar no habitado) no es de la misma especie que el actual. * No se consideraron atenuantes. * La interrupción del suministro de servicio público por el robo agravó la pena.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Buscaba la condena de ambos acusados por ambos hechos, solicitando penas de cinco años y un día de presidio para y cinco años de presidio para , argumentando la existencia de las agravantes correspondientes. En el alegato de clausura la fiscalía argumentó que se acreditó más allá de toda duda razonable la participación de ambos acusados en los hechos. * Defensa: Negó la participación de los acusados en los hechos, argumentando que no se acreditó la participación de los acusados y solicitando la absolución, además de la aplicación del mínimo de la pena, para ambos acusados.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Se basó en la declaración de funcionarios policiales y el testimonio del testigo C.P.P.F. para establecer la participación de los acusados en el hecho del 24 de marzo de 2022 (corte de cables telefónicos). * Consideró insuficiente la prueba para acreditar la participación de en el hecho del 17 de mayo de 2022 (corte de cables CGE), por lo que la absolvió. * Determinó que el artículo 443 del Código Penal (robo en bienes nacionales de uso público) era el aplicable, descartando el artículo 447 bis (hurto). * La condena fue en grado consumado. * Se desestimó la agravante por no acreditarse la organización criminal. * Se consideró que la interrupción del servicio telefónico (en el hecho 1) justificaba la aplicación de la pena en su grado máximo.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 15 N°1 del Código Penal (coautoría). * Artículo 67 del Código Penal (aplicación de las penas). * Artículo 443 del Código Penal (robo de cosas que se encuentran en bienes nacionales de uso público). * Artículo 449 bis del Código Penal (agravante por actuar en grupo u organización). * Artículo 12 N°16 del Código Penal (agravante de reincidencia). * Artículo 297 del Código Procesal Penal (valoración de la prueba). * Artículo 340 del Código Procesal Penal (estándar de prueba "más allá de toda duda razonable"). * Artículo 326 del Código Procesal Penal (derecho a guardar silencio). * Ley 18.216 (Ley de Establecimiento de Penas Sustitutivas)
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * Dado que se impuso una pena efectiva de prisión, no se aplicaron condiciones de suspensión.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos presentados.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua. * RUC: 2200280878-5 * RIT: 637-2022 * Fecha de la sentencia: 7 de febrero de 2024. * Tipo de procedimiento: Juicio oral por delito de robo en bienes nacionales de uso público.
• Hechos acreditados: * Hecho 1 (24 de marzo de 2022): En la intersección de Avenida Italia con Avenida España, Rancagua, y cortaron 40 metros de cables de tendido telefónico (Telefónica S.A.) utilizando un "napoleón", una cuerda y una mochila. Los acusados fueron detenidos mientras enrollaban el cable. * Hecho 2 (17 de mayo de 2022): En calles Múnich con Nápoles, Rancagua, se cortaron cables de alumbrado público (CGE). fue encontrada en el lugar, pero no se pudo establecer su participación más allá de toda duda razonable.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Hecho 1: Robo de cosas que se encuentran en bienes nacionales de uso público (artículo 443 del Código Penal). * Pena impuesta a : Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo. * Pena impuesta a : Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo. * Penas accesorias: Inh...
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