Penal - Rol O-79-2023

C/

Abstracto

Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Felipe. * Fecha: 5 de febrero de 2024. * Tipo de procedimiento: Juicio oral. • Hechos acreditados: El 9 de octubre de 2020, aproximadamente a las 3:00 horas, se presentó en el domicilio de Pasaje Los Araucanos, casa N° 2162, Población Chorrillos, comuna de Llay-Llay. Allí, pateó la reja y amenazó a , con quemar la casa con todos dentro. • Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito por el que se condena: Amenazas (artículo 296 N°3 del Código Penal). * Pena: 300 días de presidio menor en su grado mínimo. * Delito por el que se absuelve: Desacato (artículo 240 del Código de Procedimiento Civil). • Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Sustitución de la pena de presidio por prestación de servicios en beneficio de la comunidad por 400 horas, bajo las condiciones que se detallan en la sentencia. * Suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. * Exención del pago de costas de la causa. • Antecedentes relevantes del imputado: , nacido el 11 de octubre de 1987 (36 años), técnico en minería. Presenta antecedentes penales previos por conducción en estado de ebriedad y daños simples. • Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: No se mencionan atenuantes. Se consideran los antecedentes penales del imputado como factor relevante para la determinación de la pena. • Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Buscaba la condena por los delitos de amenazas en contexto de Violencia Intrafamiliar y desacato, solicitando penas de presidio y accesorias. Argumentó que la prueba presentada acreditaba la responsabilidad del acusado en los delitos imputados. * Defensa: Solicitó la absolución por el delito de desacato y una pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo por amenazas, argumentando que la prueba era insuficiente y que la pena debía ser la mínima, considerando los antecedentes y situación personal del acusado. • Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Absolución por desacato: No se pudo acreditar que la medida cautelar de prohibición de acercamiento estuviese vigente a la fecha de los hechos. * Condena por amenazas: Se acreditó que amenazó a , de forma seria y verosímil, con causar un mal que constituye delito (quemar la casa), cumpliendo con los requisitos del artículo 296 N°3 del Código Penal. Se desestimó el agravante de violencia intrafamiliar. * Determinación de la pena: Considerando los antecedentes penales del imputado, la gravedad de las amenazas y su comportamiento, se impuso una pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo. Se sustituyó esta pena por prestación de servicios a la comunidad, valorando su historial de consumo problemático de alcohol y la posibilidad de evitar el contacto criminógeno que la cárcel podría generar. • Disposiciones legales determinantes: * Artículo 296 N°3 del Código Penal (delito de amenazas). * Artículo 240 del Código de Procedimiento Civil (delito de desacato). * Artículo 50 del Código Penal (determinación de la pena). * Artículo 7° del Código Penal (grado de desarrollo del delito). * Artículo 11 y siguientes de la Ley 18.216 (penas sustitutivas). • Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: En caso de incumplimiento de la prestación de servicios en beneficio de la comunidad, el condenado deberá cumplir íntegramente la pena privativa de libertad de 300 días. El Tribunal podría ordenar que el cumplimiento de la pena se ejecute en un lugar distinto al que originalmente se había determinado. • Información sobre recursos disponibles o presentados: No se menciona información sobre recursos disponibles o presentados.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Felipe. * Fecha: 5 de febrero de 2024. * Tipo de procedimiento: Juicio oral. • Hechos acreditados: El 9 de octubre de 2020, aproximadamente a las 3:00 horas, se presentó en el domicilio de Pasaje Los Araucanos, casa N° 2162, Población Chorrillos, comuna de Llay-Llay. Allí, pateó la reja y amenazó a , con quemar la casa con todos dentro. • Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito por el que se condena: Amenazas (artículo 296 N°3 del Código Penal). * Pena: 300 días de presidio menor en su grado mínimo. * Delito por el que se absuelve: Desacato (artículo 240 del Código de Procedimiento Civil). • Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Sustitución de la pena de presidio por prestación de servicios en beneficio de la comunidad por 400 horas, bajo las condiciones que se detallan en la sentencia. * Suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. * Exención del pago de costas de la causa. • Antecedentes relevantes del imputado: , nacido el 11 de octubre de 1987 (36 años), técnico en minería. Presenta antecedentes penales previos po...

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