Penal - Rol O-118-2023

C/

Abstracto

El presente documento judicial detalla un caso de procedimiento abreviado llevado a cabo en el Juzgado de Letras y Garantía de Caldera. Los hechos imputados ocurrieron el 18 de febrero de 2023, en una estación de servicio Petrobras en Caldera. Los imputados, y Claudio Andrés González Ane, junto a Carlos Enrique Jara Gómez, fueron encontrados en un vehículo con dos armas de fogueo y municiones adaptadas. Una de las armas estaba oculta y adaptada para disparar munición real. El delito imputado es posesión de arma de fuego prohibida, sancionado por la ley 17.798. La pena impuesta fue de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, con inhabilitaciones absolutas. Se otorgó la sustitución de la pena por libertad vigilada intensiva, sujeta a la presentación a un Centro de Reinserción Social y al cumplimiento de un plan de intervención. Se decretó el comiso de los elementos del delito y se omitió la condena en el certificado de antecedentes para fines laborales. Los imputados son (R.U.N. ) y Claudio Andrés González Ane (R.U.N. ). Se consideraron atenuantes de los artículos 11 N°6 y 11 N°9 del Código Penal. La fiscalía y la defensa no se detallan en el resumen. Los fundamentos del tribunal tampoco se detallan. Las disposiciones legales relevantes incluyen artículos de la Ley 17.798, Ley 18.216 y el Código Penal. Las condiciones impuestas incluyen la presentación al Centro de Reinserción Social de Copiapó y el cumplimiento de un plan de intervención. Los intervinientes renunciaron a recursos, quedando la resolución firme.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Letras y Garantía de Caldera. * RUC: 2300188459-K * RIT: 118-2023 * Fecha: 6 de marzo de 2024. * Tipo de procedimiento: Abreviado.

Hechos acreditados: * Fecha: 18 de febrero de 2023, aproximadamente a las 23:20 horas. * Lugar: Estación de servicio Petrobras, ubicada en la ruta auxiliar a la ruta 5 norte, a la altura del kilómetro 880, comuna de Caldera. * Conductas: Los imputados y Claudio Andrés González Ane, junto a Carlos Enrique Jara Gómez, se encontraban en un vehículo. Se encontraron en el vehículo dos armas de fogueo y municiones de fogueo con y sin proyectiles adaptados. Una de las armas estaba adaptada para disparar munición real y fue escondida.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Posesión de arma de fuego prohibida, previsto y sancionado en el artículo 13 en relación al artículo 3 letra d) de la ley 17.798. * Pena: Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo. * Pena accesoria: Inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Sustitución de la pena...

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