Penal - Rol O-1223-2024

C/

Abstracto

El presente documento detalla la sentencia emitida por el Juzgado de Garantía de Antofagasta en el caso RIT 1223-2024, RUC 2300677042-8, con fecha 12 de marzo de 2024. Se aborda el procedimiento simplificado contra por el delito de porte de arma cortante o punzante, tipificado en el artículo 288 bis del Código Penal. Los hechos ocurrieron el 21 de junio de 2023, en la intersección de Calle Bolívar con calle Ossa, Antofagasta, donde el imputado, , arrojó un cuchillo al suelo al notar la presencia policial. El arma, descrita con una hoja de 11 cm y empuñadura negra, no pudo ser justificada por el imputado. Se le impuso una multa de 1/3 Unidad Tributaria Mensual. Se acogió la suspensión condicional del procedimiento, sujeta a la condición de presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Antofagasta dentro de los cinco días siguientes a su liberación para cumplir servicios comunitarios. No se consideraron circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. La fiscalía y la defensa no tienen argumentos específicos detallados en este resumen, al igual que los fundamentos clave del tribunal. Las disposiciones legales aplicables incluyen el artículo 288 bis del Código Penal y el artículo 468 del Código Procesal Penal, así como apercibimientos del artículo 26 y 49. Las consecuencias del incumplimiento de la suspensión condicional no se especifican.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Antofagasta. * RIT: 1223-2024. * RUC: 2300677042-8. * Fecha: 12 de marzo de 2024. * Tipo de procedimiento: Simplificado.

Hechos acreditados: * Fecha: 21 de junio de 2023. * Lugar: Calle Bolívar esquina calle Ossa, Antofagasta. * Conducta: , al ver a la policía, arrojó un cuchillo al suelo. Se constató que era un arma blanca tipo cuchillo de cocina, con una hoja de 11 cm y empuñadura negra de 11 cm, con la leyenda "STAHLTEK KITCHEN". El imputado no pudo justificar su porte.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Porte de arma cortante o punzante, artículo 288 bis del Código Penal. * Pena: 1/3 Unidad Tributaria Mensual. * Gr...

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