Penal - Rol O-440-2023

MP C/

Abstracto

La presente causa corresponde a un proceso judicial llevado ante el Juzgado de Garantía de Talcahuano, con RUC 2300134555-9 y RIT 440-2023. El hecho principal es la condena de David Alexander Arévalo Mendoza por dos delitos de robo con fuerza en lugar no habitado, en grado de desarrollo tentado, ocurridos en la comuna de Talcahuano en febrero y julio de 2023. El tribunal impuso dos penas de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, con la accesoria de suspensión de cargo u oficio público. Sin embargo, se sustituyeron las penas privativas de libertad por 109 horas de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, y se liberó al imputado del pago de las costas, dada su admisión de responsabilidad. Se le impusieron condiciones para la ejecución de la pena sustitutiva, incluyendo la presentación al Centro de Reinserción Social y la realización de servicios compatibles con su actividad laboral o estudiantil. Se aplicaron diversos artículos del Código Penal, Código Procesal Penal y la Ley 18.216.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Talcahuano. * RUC: 2300134555-9 (agrupado con 2300816989-6). * RIT: 440-2023 (agrupado con 2903-2023). * Fecha: 5 de marzo de 2024. * Tipo de procedimiento: No especificado (solo se indica que es una audiencia).

Hechos acreditados: * fue condenado por dos robos con fuerza en lugar no habitado, en grado de desarrollo tentado. * Los robos se cometieron en la comuna de Talcahuano. * El primer robo ocurrió el 4 de febrero de 2023, afectando a la pastelería Arraet. * El segundo robo tuvo lugar el 30 de julio de 2023, en el Colegio Claro de Luna.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Autor de dos delitos de robo con fuerza en lugar no habitado, en grado de desarrollo tentado. * Penas: dos penas de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo. * Penas accesorias: suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de las condenas.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Sustitución de las penas privativas de libertad por 109 horas de prestación de servicios en beneficio de la comunidad. * Liberación del pago de las costas, debido a que el imputado admitió su responsabilidad.

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