Penal - Rol O-6860-2021

C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Copiapó. * RUC/RIT: No se especifica. * Fecha: 6 de marzo de 2024. * Tipo de procedimiento: Abreviado.

Hechos acreditados: * , en su calidad de representante legal de JHON MANUEL SOL RAMOS OBRAS CIVILES E.I.R.L., omitió maliciosamente la presentación del Formulario N° 29 correspondiente a los periodos de julio, agosto y octubre de 2019, a pesar de tener operaciones comerciales declarables en el Libro de Compras y Ventas. El total de débitos fiscales no declarados en los Formularios N° 29, por los periodos julio, agosto y octubre de 2019, ascienden a $31.442.644. * , también en su calidad de representante legal de JHON MANUEL SOL RAMOS OBRAS CIVILES E.I.R.L., declaró en los Formularios N° 29 de enero de 2019 a mayo de 2019, un total de facturas falsas, aumentando indebidamente los créditos fiscales IVA. Esto generó un perjuicio fiscal de $74.248.851. * El imputado informó documentos tributarios más de una vez, duplicando la declaración en los Formularios N° 29 de febrero, marzo, abril de 2019 y enero, febrero de 2020, aumentando indebidamente el crédito fiscal utilizado. El aumento indebido fue de $1.466.444, $3.343.544, $343.444, $343.333 y $444.444, respectivamente, lo que provocó un aumento indebido de $5.941.109.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delitos: * Omisión maliciosa de Formulario N° 29 sobre declaración y pago simultáneo mensual de impuestos. * Aumento indebido de crédito fiscal IVA mediante la incorporación de facturas falsas en los formularios N° 29 en carácter de reiterado. * Pena: Cinco años de presidio menor en su grado máximo, sin abonos. Multa del 10% del perjuicio fiscal, equivalente a $11.111.111. Accesorias: inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Pena sustitutiva: Libertad vigilada intensiva por el mismo plazo de la condena, a cumplir en el Centro de Reinserción Social de Copiapó.

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Fecha de nacimiento: 3 de octubre de 1974. * No se especifica información sobre antecedentes penales.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * No se mencionan atenuantes ni agravantes.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * No se detallan los argumentos de la fiscalía ni de la defensa.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * No se especifican los fundamentos del tribunal.

Disposiciones legales determinantes: * Artículo 97 N°4 inciso 1° del Código Tributario. * Artículo 456 bis del Código Penal. * Artículo 17 de la Ley 18.216. * Artículo 17 ter letra d) de la Ley 18.216.

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * Condiciones de la libertad vigilada intensiva: * Residencia en un lugar determinado, que podrá ser propuesto por el condenado y debe corresponder a una ciudad con delegado de libertad vigilada. * Sujeción a la vigilancia y orientación permanente de un delegado. * Ejercicio de una profesión, oficio, arte, industria o comercio, si el condenado carece de medios de subsistencia. * Asistencia a programas formativos para dar cumplimiento a la normativa tributaria. * No se mencionan las consecuencias específicas del incumplimiento de la libertad vigilada intensiva. * Para el pago de la multa, se otorgan diez cuotas mensuales y sucesivas de $1.111.111. * El no pago de una de las cuotas hará exigibles los apremios del artículo 45 del Código Penal.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Copiapó. * RUC/RIT: No se especifica. * Fecha: 6 de marzo de 2024. * Tipo de procedimiento: Abreviado.

Hechos acreditados: * , en su calidad de representante legal de JHON MANUEL SOL RAMOS OBRAS CIVILES E.I.R.L., omitió maliciosamente la presentación del Formulario N° 29 correspondiente a los periodos de julio, agosto y octubre de 2019, a pesar de tener operaciones comerciales declarables en el Libro de Compras y Ventas. El total de débitos fiscales no declarados en los Formularios N° 29, por los periodos julio, agosto y octubre de 2019, ascienden a $31.442.644. * , también en su calidad de representante legal de JHON MANUEL SOL RAMOS OBRAS CIVILES E.I.R.L., declaró en los Formularios N° 29 de enero de 2019 a mayo de 2019, un total de facturas falsas, aumentando indebidamente los créditos fiscales IVA. Esto generó un perjuicio fiscal de $74.248.851. * El imputado informó documentos tributarios más de una vez, duplicando la declaración en los Formularios N° 29 de febrero, marzo, abril de 2019 y enero, febrero de 2020, aumentando indebidamente el crédito fiscal utilizado. El aumento indebido fue de $1.466.444, $3.343.544, $343.444, $343.333...

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