Penal - Rol O-29-2024

ANONIMIZADO

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando. * RIT: 29-2024. * RUC: 2201295787-8. * Fecha: 04 de junio de 2024. * Tipo de procedimiento: Juicio Oral.

Hechos acreditados: * Hecho 1 (Lesiones): El 25 de diciembre de 2022, aproximadamente a las 21:40 horas, (el acusado), bajo los efectos del alcohol, llegó al domicilio de Pascuala (la víctima), su exconviviente, en DIRECCION000. El acusado ingresó al dormitorio donde estaba Pascuala, la insultó y la tomó de los brazos, pellizcándole en la cadera y brazo izquierdo. Pascuala se zafó y pidió ayuda a Carabineros. * Hecho 2 (Desacato – Absuelto): El 02 de enero de 2023, Pascuala recibió un mensaje amenazante de a través de Facebook. Sin embargo, el tribunal determinó no acreditar el hecho.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Hecho 1 (Lesiones): Lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, artículos 399 y 494 N°5 del Código Penal, en relación con el artículo 5 de la Ley 20.066. Pena de 520 días de presidio menor en su grado mínimo. * Hecho 2 (Desacato): Absolución. * Suspensión de cargo u oficio público por el término de la condena.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Prohibición de acercarse a la víctima Pascuala, a su domicilio, trabajo o lugares que frecuenta, por dos años (artículo 9 letra b) de la Ley 20.066). * Prohibición de portar armas de fuego por dos años (artículo 9 letra c) de la Ley 20.066). * Obligación de someterse a evaluación y posible tratamiento para el control de impulsos y el consumo problemático de alcohol, en el departamento de salud mental del Hospital de San Fernando, por dos años (artículo 9 letra d) de la Ley 20.066). Este periodo puede ser menor según la evaluación profesional. * La pena de presidio menor en su grado mínimo se tuvo por cumplida, dado el tiempo que estuvo el acusado con arresto domiciliario total.

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Edad: 40 años (nacido el 30 de agosto de 1983). * Estado civil: Soltero. * Profesión: Técnico en Enfermería de Nivel Superior. * Domicilio: . * Antecedentes penales: Condenado con fecha 16 de octubre de 2018 a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, por el delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar. La condena fue cumplida el 19 de agosto de 2022.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Agravante: Reincidencia específica (artículo 12 N°16 del Código Penal), por condena previa por lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Solicitó condena por lesiones menos graves y desacato (hecho 1), y la absolución por desacato (hecho 2). Respecto al hecho 1, basó su acusación en el testimonio de la víctima, la hija de la víctima, y los testimonios de funcionarios policiales. En el alegato de apertura, solicitó la absolución respecto del hecho N°2. * Defensa: Solicitó la absolución por ambos delitos, argumentando falta de prueba para acreditar las lesiones, y la no validez de la notificación de la medida cautelar (en el caso del desacato) por error en el procedimiento. Respecto de las lesiones, expuso que existía duda razonable. En cuanto al delito de desacato, la defensa argumentó que el acusado no fue válidamente notificado, por tanto, no comete el delito de desacato.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Lesiones: El tribunal consideró que la prueba presentada por la fiscalía fue suficiente para probar el delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, basándose en los testimonios de la víctima, su hija, y los funcionarios policiales. * Desacato (Hecho 2): El tribunal absolvió por falta de prueba. * Desacato (Hecho 1): El tribunal consideró que existió un error de prohibición, ya que el acusado, conociendo la prohibición, creyó estar autorizado para estar en el domicilio, ya que la víctima lo toleraba.

Disposiciones legales determinantes: * Artículos 399 y 494 N°5 del Código Penal (delito de lesiones). * Artículo 5 de la Ley 20.066 (violencia intrafamiliar). * Artículo 12 N°16 del Código Penal (reincidencia específica). * Artículo 30 del Código Penal (suspensión de cargo u oficio público). * Artículo 9 letras b), c) y d) de la Ley 20.066 (medidas accesorias). * Artículo 15 N°1 del Código Penal.

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No aplica, dado que no se otorgó suspensión condicional de la pena. El acusado fue condenado a la pena de 520 días de presidio, la cual se tuvo por cumplida.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando. * RIT: 29-2024. * RUC: 2201295787-8. * Fecha: 04 de junio de 2024. * Tipo de procedimiento: Juicio Oral.

Hechos acreditados: * Hecho 1 (Lesiones): El 25 de diciembre de 2022, aproximadamente a las 21:40 horas, (el acusado), bajo los efectos del alcohol, llegó al domicilio de Pascuala (la víctima), su exconviviente, en DIRECCION000. El acusado ingresó al dormitorio donde estaba Pascuala, la insultó y la tomó de los brazos, pellizcándole en la cadera y brazo izquierdo. Pascuala se zafó y pidió ayuda a Carabineros. * Hecho 2 (Desacato – Absuelto): El 02 de enero de 2023, Pascuala recibió un mensaje amenazante de a través de Facebook. Sin embargo, el tribunal determinó no acreditar el hecho.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Hecho 1 (Lesiones): Lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, artículos 399 y 494 N°5 del Código Penal, en relación con el artículo 5 de la Ley 20.066. Pena de 520 días de presidio menor en su grado mínimo. * Hecho 2 (Desacato): Absolución. * Suspensión de cargo u oficio público por el término de la condena.

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