Penal - Rol O-4572-2022
C/
Abstracto
El presente documento resume un caso judicial caratulado como CRISTOPHER ALEJANDRO VARELA ARAYA C/ JESSICA CONSTANZA CORDERO JIMÉNEZ, tramitado ante el Juzgado de Garantía de Colina con el RUC 2100668667-K y RIT 4572-2022. El proceso, de tipo simplificado, se centra en hechos de estafa acreditados contra JESSICA CONSTANZA CORDERO JIMÉNEZ, quien simuló tener cáncer para obtener dinero de Jarlen Meza Arratia y Cristopher Varela Araya, vendiéndoles un vehículo que no estaba a su nombre y sobre el cual incumplió el pago de las cuotas prendarias. La imputada fue condenada por estafa residual (art. 473 y 467 del Código Penal) a 41 días de prisión, multa y accesoria, beneficiándose de la remisión condicional de la pena y la exención de costas. Se detallan sus datos personales, atenuantes y agravantes consideradas, y las condiciones impuestas para la suspensión de la pena, incluyendo controles y apercibimientos en caso de incumplimiento. La defensa y fiscalía no detallan sus argumentos, al igual que los fundamentos del tribunal y las disposiciones legales específicas más allá de los artículos del Código Penal y Ley 18.216. Los intervinientes renunciaron a recursos y plazos legales.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Colina * RUC: 2100668667-K * RIT: 4572-2022 * Fecha: 4 de junio de 2024 * Tipo de procedimiento: Simplificado
• Hechos acreditados: * , con ánimo de defraudar, simuló tener cáncer en la comuna de Colina. * Manifestó necesitar dinero para costear la enfermedad. * Ofreció a Jarlen Meza Arratia y la venta del vehículo Volkswagen Voyage PPU JRSV-45, que supuestamente estaba a su nombre, por $5.000.000. * Jarlen Meza transfirió $3.500.000 el 8 de febrero de 2021. * pagó $5.000.000 en efectivo y recibió el vehículo en marzo de 2021. * El vehículo estaba a nombre de Luis Alberto Toro Valenzuela. * La imputada se había obligado a pagar las cuotas de un crédito prendario. * Los perjudicados se percataron del engaño, sufriendo un perjuicio por las sumas pagadas.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Estafa residual, artículo 473 en relación con el artículo 467 del Código Penal. * Pena: 41 días de prisión en su grado máximo, multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual y accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena.
• **Beneficios/medidas ...
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