Penal - Rol O-995-2024
ANONIMIZADO
Abstracto
• Datos básicos del caso:
- Tribunal: Juzgado de Garantía de Pitrufquén.
- RUC: 2410022774-2
- RIT: 995-2024
- Fecha: 5 de junio de 2024.
- Tipo de procedimiento: Procedimiento simplificado.
• Hechos acreditados:
- Fecha: 11 de mayo de 2024, aproximadamente a las 08:57 horas.
- Lugar: Domicilio de la víctima, ubicado en calle DIRECCION000, Freire.
- Conductas: ingresó al domicilio de su expareja, doña Emiliana, sin autorización y en contra de su voluntad. La insultó y amenazó de muerte. Dañó un televisor marca Kioto de 42 pulgadas, inutilizándolo. Después huyó del domicilio. El daño fue avaluado en $150.000 pesos.
• Calificación jurídica y pena impuesta:
- Calificación:
- Falta de coacción, artículo 494 N°16 del Código Penal.
- Delito de violación de morada, artículo 144 del Código Penal.
- Delito de daños, artículo 487 del Código Penal.
- Todos en contexto de violencia intrafamiliar (VIF).
- Pena:
- Tres multas de un tercio de Unidad Tributaria Mensual (UTM) cada una.
- Pena accesoria: Prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio, lugar de trabajo o estudio, o cualquier otro lugar que esta concurra o visite habitualmente, por el plazo de dos años, según el artículo 9 letra b) de la ley 20.066.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas:
- Se considera cumplida una de las multas pecuniarias (1/3 UTM) por el tiempo que el imputado estuvo privado de libertad.
- Se concede plazo de 30 y 60 días para pagar las otras dos multas (1/3 UTM cada una) una vez que la sentencia quede ejecutoriada.
- Se exime al imputado del pago de las costas.
• Antecedentes relevantes del imputado:
- Nombre: .
- Cédula de identidad: .
- Domicilio: Pasaje Nehuen Nº 177, Freire.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto:
- Atenuante: Se reconoce la atenuante del artículo 11 N°9 del Código Penal (colaboración con la investigación).
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa:
- Fiscalía: Formuló requerimiento por los hechos descritos, solicitando multas y la aplicación de la medida accesoria de la Ley 20.066. Reconoció la atenuante.
- Defensa: No discutió la existencia de los hechos, su calificación jurídica ni la participación del imputado. Solicitó rebaja de las multas, que una se diera por cumplida con el día de detención, otorgar plazo para el pago de las restantes, que no se discutiera la accesoria, y que se eximiera de costas.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión:
- Los hechos admitidos por el imputado constituyen una falta de coacción, un delito de violación de morada y un delito de daños, todos en contexto de violencia intrafamiliar.
- Se aplica la atenuante del artículo 11 N°9 del Código Penal.
- Se aplica la pena accesoria del artículo 9 de la ley 20.066.
- Se procede a la conversión de una pena pecuniaria en días de reclusión, considerando el tiempo de privación de libertad.
- Se exime al imputado del pago de costas debido a su reconocimiento de responsabilidad, lo que simplificó el proceso.
• Disposiciones legales determinantes:
- Artículos 1, 7, 11, 12, 14 N° 1, 15 Nº 1, 24, 25, 30, 49, 51, 67, 68, 69, 70, 144, 487 y 494 N° 16 del Código Penal.
- Artículos 1, 5, 9 y siguientes de la Ley 20.066.
- Artículos 45, 47, 348, 388, 390 y 395 del Código Procesal Penal.
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento:
- No se menciona suspensión condicional de la pena. Se imponen multas y la prohibición de acercamiento. El incumplimiento de las multas conllevará la ejecución de la pena de reclusión sustitutiva.
• Información sobre recursos disponibles o presentados:
- No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso:
- Tribunal: Juzgado de Garantía de Pitrufquén.
- RUC: 2410022774-2
- RIT: 995-2024
- Fecha: 5 de junio de 2024.
- Tipo de procedimiento: Procedimiento simplificado.
• Hechos acreditados:
- Fecha: 11 de mayo de 2024, aproximadamente a las 08:57 horas.
- Lugar: Domicilio de la víctima, ubicado en calle DIRECCION000, Freire.
- Conductas: ingresó al domicilio de su expareja, doña Emiliana, sin autorización y en contra de su voluntad. La insultó y amenazó de muerte. Dañó un televisor marca Kioto de 42 pulgadas, inutilizándolo. Después huyó del domicilio. El daño fue avaluado en $150.000 pesos.
• Calificación jurídica y pena impuesta:
- Calificación:
- Falta de coacción, artículo 494 N°16 del Código Penal.
- Delito de violación de morada, artículo 144 del Código Penal.
- Delito de daños, artículo 487 del Código Penal.
- Todos en contexto de violencia intrafamiliar (VIF).
- Pena:
- Tres multas de un tercio de Unidad Tributaria Mensual (UTM) cada una.
- Pena accesoria: Prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio, lugar de trabajo o estudio, o cualquier otro lugar que esta concurra o visite habitu...
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