Penal - Rol O-140-2024

MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/

Abstracto

• Datos básicos del caso:

  • Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán.
  • Causa: RIT 140-2024.
  • Delito: Tráfico ilícito de drogas.
  • Imputado: Rodrigo Eduardo Meriño Vargas.
  • Fecha de la sentencia: 5 de agosto de 2024.

• Hechos acreditados:

  • El 9 de diciembre de 2022, en domicilio de Cerro Aracar N°120, Chillán, se realizó entrada y registro por orden judicial.
  • Se encontraron: * En una mochila: 18 bolsas de marihuana (10,9 gramos netos). * En un monedero: 2 envoltorios de cocaína base (0,6 gramos netos), una bolsa de marihuana (0,5 gramos netos), una bolsa de cocaína base (6,6 gramos netos). * En un refrigerador: una bolsa de cocaína base (993 gramos netos).
  • Se encontró en posesión del imputado $76.700 pesos.
  • La droga era para comercialización.

• Calificación jurídica y pena:

  • Delito: Tráfico ilícito de drogas (art. 3° en relación con el art. 1° de la Ley 20.000).
  • Grado: Consumado (art. 7° del Código Penal).
  • Autoría: Autor (art. 15 N° 1 del Código Penal).
  • Pena: Seis años de presidio mayor en su grado mínimo.
  • Accesorias: Inhabilitación absoluta perpetua para cargos públicos y derechos políticos, inhabilitación absoluta para profesiones titulares.
  • Multa: Seis unidades tributarias mensuales, con doce cuotas para su pago.

• Antecedentes del imputado:

  • Nombre: Rodrigo Eduardo Meriño Vargas.
  • Edad: 42 años (nacido el 21 de agosto de 1982).
  • Ocupación: Operador de bodega.
  • Antecedentes penales: Condenas previas por robo con violencia, robo en bienes nacionales de uso público y dos condenas por tráfico de drogas (reincidente específico).

• Atenuantes / agravantes alegadas:

  • Atenuante: Colaboración sustancial en la investigación (art. 11 N°9 del Código Penal).
  • Agravante: Reincidencia específica (art. 12 N°16 del Código Penal).

• Argumentos de la fiscalía y la defensa:

  • Fiscalía: Solicitó condena de diez años de presidio y multa, basándose en la cantidad de droga y antecedentes penales. Alegó la agravante de reincidencia.
  • Defensa: Reconoció la participación, solicitando aplicación de la atenuante de colaboración sustancial. Solicitó la pena mínima y rebaja de la multa, considerando la situación económica del imputado.

• Fundamentos del tribunal:

  • Se basa en el testimonio policial, pericias químicas, documentos y declaración del imputado.
  • Concluye que el imputado tenía droga para comercializar y, por lo tanto, es culpable del delito.
  • Compensa la atenuante y la agravante, lo que permite recorrer la pena en toda su extensión.
  • Considera la cantidad de droga, la reincidencia y el riesgo para la salud pública.

• Disposiciones legales citadas:

  • Ley 20.000 (artículos 1° y 3°).
  • Código Penal (artículos 7°, 11 N°9, 12 N°16, 15 N°1, 67, 68, 69, 70, 104).
  • Ley 18.216.
  • Código Procesal Penal (artículos 343, 315, 45, 295, 297, 340, 341, 342, 344, 348).
  • Ley 19.970 (artículo 17).

• Condiciones de la suspensión y consecuencias del incumplimiento:

  • No se aplica pena sustitutiva de la privativa de libertad.
  • El imputado deberá cumplir efectivamente la pena de prisión.
  • Se concede doce cuotas para el pago de la multa.

• Comiso:

  • Se ordena el comiso de $76.700 pesos encontrados.

• Posibilidad de recursos:

  • No se menciona explícitamente la posibilidad de recursos, pero es implícita.

Resumen

• Datos básicos del caso:

  • Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán.
  • Causa: RIT 140-2024.
  • Delito: Tráfico ilícito de drogas.
  • Imputado: Rodrigo Eduardo Meriño Vargas.
  • Fecha de la sentencia: 5 de agosto de 2024.

• Hechos acreditados:

  • El 9 de diciembre de 2022, en domicilio de Cerro Aracar N°120, Chillán, se realizó entrada y registro por orden judicial.
  • Se encontraron: * En una mochila: 18 bolsas de marihuana (10,9 gramos netos). * En un monedero: 2 envoltorios de cocaína base (0,6 gramos netos), una bolsa de marihuana (0,5 gramos netos), una bolsa de cocaína base (6,6 gramos netos). * En un refrigerador: una bolsa de cocaína base (993 gramos netos).
  • Se encontró en posesión del imputado $76.700 pesos.
  • La droga era para comercialización.

• Calificación jurídica y pena:

  • Delito: Tráfico ilícito de drogas (art. 3° en relación con el art. 1° de la Ley 20.000).
  • Grado: Consumado (art. 7° del Código Penal).
  • Autoría: Autor (art. 15 N° 1 del Código Penal).
  • Pena: Seis años de presidio mayor en su grado mínimo.
  • Accesorias: Inhabilitación absoluta perpetua para cargos públicos y derechos políticos, inhabilitación absoluta para profesiones titulares.
  • Multa: Seis unidades t...

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