Penal - Rol O-2429-2022

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Abstracto

• Datos básicos del caso • Tribunal: Quinto Juzgado de Garantía de Santiago. • Fecha de la sentencia: 02 de agosto de 2024. • RUC: 2200881414-0. • RIT: 2429-2022. • Jueza: Doña .

• Hechos acreditados • El 07 de septiembre de 2022, aproximadamente a las 08:20 horas, en Pasaje Río Lundazzi con calle Luis Lazzarini, comuna de Cerro Navia, y , previamente concertados, abordaron a la menor T.I.B.O. • Le exigieron la entrega de su teléfono celular marca iPhone XI de Movistar. • le dijo "pasa concha de tu madre", tirando el teléfono de las manos de la víctima. • La víctima resistió, forcejeando con los acusados. • empujó a la víctima, logrando que soltara el teléfono. • Ambos acusados huyeron con el teléfono.

• Calificación jurídica y pena • Delito: Robo con intimidación, según el artículo 436 inciso 1° en relación con el artículo 432 del Código Penal. • Grado de desarrollo: Consumado. • Calidad: Autora. • Pena: Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, con las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.

• Beneficios/medidas accesorias • Pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva por el mismo tiempo de la pena de presidio (tres años y un día). • Abono de 696 días por arresto domiciliario total desde el 07 de septiembre de 2022 hasta el 02 de agosto de 2024. • Exención de costas, por evitarse juicio oral.

• Antecedentes de la imputada • , cédula de identidad N° . • Domicilio: .

• Atenuantes / agravantes • Atenuante: Artículo 11 N° 6 del Código Penal (colaboración en la investigación, en este caso al aceptar la responsabilidad en procedimiento abreviado).

• Argumentos de la fiscalía y la defensa • La Fiscalía acusó por robo con intimidación. • La defensa y la acusada aceptaron los hechos y la calificación jurídica, optando por procedimiento abreviado.

• Fundamentos del tribunal • Convencimiento, más allá de toda duda razonable, de la comisión del delito y la participación de la acusada. • Cumplimiento de los requisitos para la aplicación de la libertad vigilada intensiva, según informes favorables.

• Disposiciones legales citadas • Código Penal: Arts. 1, 3, 5, 7, 11 Nº 6, 9, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 18, 21, 22, 24, 29, 50, 62, 68, 69, 436 inc.1 y 432. • Código Procesal Penal: Arts. 1º, 2º, 45º, 406 y siguientes. • Ley 18.216 modificada por la Ley 20.063. • Ley 20.603 (artículos 14 y siguientes). • Ley 19.970 sobre Sistema Nacional de Registros de ADN (artículo 17).

• Condiciones de la suspensión y consecuencias del incumplimiento • Libertad vigilada intensiva (tres años y un día). • Condiciones: 1. Residencia permanente en Santiago. 2. Vigilancia y orientación permanente del delegado de libertad vigilada intensiva de Gendarmería. 3. Ejercicio de empleo o trabajo. 4. Cumplimiento de programas formativos. 5. Cumplimiento del plan de intervención individual (con enfoque en responsabilización, empatía y reparación). • Contacto mensual con el delegado. • Incumplimiento: No se detalla explícitamente, pero implica la revocación de la libertad vigilada y el cumplimiento de la pena de presidio.

• Posibilidad de recursos • Los intervinientes renunciaron a los plazos y recursos legales (apelación, reposición).

Resumen

• Datos básicos del caso • Tribunal: Quinto Juzgado de Garantía de Santiago. • Fecha de la sentencia: 02 de agosto de 2024. • RUC: 2200881414-0. • RIT: 2429-2022. • Jueza: Doña Olaya Gahona Flores.

• Hechos acreditados • El 07 de septiembre de 2022, aproximadamente a las 08:20 horas, en Pasaje Río Lundazzi con calle Luis Lazzarini, comuna de Cerro Navia, Yassiel Fernanda Álamos Garrido y Claudio Jecar Bravo Medina, previamente concertados, abordaron a la menor T.I.B.O. • Le exigieron la entrega de su teléfono celular marca iPhone XI de Movistar. • Yassiel Álamos Garrido le dijo "pasa concha de tu madre", tirando el teléfono de las manos de la víctima. • La víctima resistió, forcejeando con los acusados. • Claudio Bravo Medina empujó a la víctima, logrando que soltara el teléfono. • Ambos acusados huyeron con el teléfono.

• Calificación jurídica y pena • Delito: Robo con intimidación, según el artículo 436 inciso 1° en relación con el artículo 432 del Código Penal. • Grado de desarrollo: Consumado. • Calidad: Autora. • Pena: Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, con las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.

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