Penal - Rol O-4088-2024

MP C/

Abstracto

Se presenta el caso RIT 88-, RUC 656378-K, del Juzgado de Garantía de Valparaíso, donde se juzgó a JOSUE DAVID MUÑOZ DOMÍNGUEZ por el delito de robo por sorpresa. La jueza VERÓNICA RIVERA GONZÁLEZ dictó sentencia el 6 de agosto de 2024.

Los hechos acreditados indican que el 7 de junio de 2024, el imputado arrebató un teléfono celular a la víctima Andrea Velázquez Acuña en Valparaíso, huyendo posteriormente con el botín.

Se calificó jurídicamente como autor del delito de robo por sorpresa, consumado, y se le impuso una pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo. Se sustituyó la pena de prisión por la remisión condicional bajo la Ley 18.216, obligándolo a someterse a vigilancia de Gendarmería por un año.

El imputado, JOSUE DAVID MUÑOZ DOMÍNGUEZ, con cédula de identidad , de 32 años y domiciliado en calle Esquife, casa 22-A, Población La Isla, San Roque Alto, Valparaíso, aceptó los cargos mediante procedimiento abreviado.

El tribunal basó su decisión en el reconocimiento de los hechos y la aplicación del procedimiento abreviado, considerando el cumplimiento de los requisitos para la remisión condicional.

Se citan disposiciones del Código Penal, Código Procesal Penal y la Ley 18.216.

La sentencia es firme y ejecutoriada.

Resumen

• Datos básicos del caso * Causa: RIT 88-, RUC 656378-K * Juzgado: Juzgado de Garantía de Valparaíso. * Fecha de la sentencia: 6 de agosto de 2024. * Jueza: doña VERÓNICA RIVERA GONZÁLEZ. * Delito: Robo por sorpresa. * Imputado: . * Víctima: doña Andrea Velázquez Acuña.

• Hechos acreditados * El 7 de junio de 2024, aproximadamente a las 15:25 horas, en Av. Argentina de Valparaíso, el imputado se acercó a la víctima. * El imputado arrebató a la víctima un teléfono celular marca Samsung, avaluado en $600.000, que ella portaba en sus manos. * Se produjo un forcejeo y el imputado huyó con el teléfono.

• Calificación jurídica y pena * El imputado fue condenado como autor del delito de robo por sorpresa, previsto en el artículo 436 inciso 2 del Código Penal, en grado de consumado. * Pena: 61 días de presidio menor en su grado mínimo, más la accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena.

• Beneficios/medidas accesorias * Se sustituyó la pena de prisión por la remisión condicional, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 18.216. * El imputado deberá someterse a la vigilancia y observación del tratamiento de Gendarmería por un año.

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