Penal - Rol O-860-2023

C/

Abstracto

• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Aysén. * RUC: 2200546580-3. * RIT: 860-2023. * Fecha de la audiencia: 1 de agosto de 2024. * Magistrado: . * Fiscal: . * Defensor: . * Delito: Conducción en estado de ebriedad. * Imputado: .

• Hechos acreditados: * fue encontrado culpable de conducir en estado de ebriedad. * El hecho ocurrió el 5 de junio de 2022. * El imputado admitió su responsabilidad en los hechos.

• Calificación jurídica y pena: * Se condena a como autor del delito de conducción en estado de ebriedad, según el artículo 196 en relación con el artículo 110 de la Ley 18.290. * Pena: Sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo. * Pena accesoria: Suspensión de oficio o cargo público durante el tiempo de la condena. * Multa: Dos Unidades Tributarias Mensuales (UTM). * Suspensión de la licencia de conducir por cinco años.

• Beneficios/medidas accesorias: * Se sustituye la pena de presidio por reclusión parcial domiciliaria nocturna, entre las 22:00 y las 06:00 horas. * Se ordena informar a Gendarmería de Chile para verificar la factibilidad técnica en el domicilio del condenado. * La multa se pagará en pesos, en el equivalente a la UTM al momento del pago, en cuatro cuotas mensuales de media UTM cada una. * En caso de no pago de la multa, se sustituirá por seis días de reclusión.

• Antecedentes del imputado: * Nombre completo: . * RUT: . * Domicilio: . * No se especifica la edad ni la ocupación. * No se mencionan antecedentes penales previos.

• Atenuantes / agravantes alegadas: * No se mencionan atenuantes ni agravantes en el resumen.

• Argumentos de la fiscalía y la defensa: * No se detallan los argumentos de la fiscalía ni de la defensa en el resumen.

• Fundamentos del tribunal: * El tribunal se basa en los artículos 7°, 11 N° 9, 12 N°15, 15 N° 1, 30, 67 y 70 del Código Penal, artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 8° y 36 de la Ley 18.216, artículo 110, 196 de la Ley 18.290. * El tribunal concede la sustitución de la pena por cumplir con los requisitos del artículo 8° de la Ley 18.216.

• Disposiciones legales citadas: * Código Penal: artículos 7°, 11 N° 9, 12 N°15, 15 N° 1, 30, 67 y 70. * Código Procesal Penal: artículo 388 y siguientes. * Ley 18.216: artículos 8° y 36. * Ley 18.290: artículos 110 y 196.

• Condiciones de la suspensión y consecuencias del incumplimiento: * Reclusión parcial domiciliaria nocturna: encierro en el domicilio entre las 22:00 y las 06:00 horas. * En caso de revocación o quebrantamiento de la pena sustitutiva, se reemplazará por una de mayor intensidad. * En caso de no pago de la multa, se sustituye por seis días de reclusión.

• Posibilidad de recursos: * No se menciona explícitamente la posibilidad de recursos (apelación, reposición), pero es implícito dado el contexto del proceso judicial.

• Otros: * Se exime al imputado del pago de las costas por haber renunciado a su derecho a juicio. * Se remitirá al Juzgado de Garantía de Puerto Montt para los asuntos relacionados con el cumplimiento de la pena. * El Ministerio Público informará si se mantiene retenida la licencia de conducir.

Resumen

• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Aysén. * RUC: 2200546580-3. * RIT: 860-2023. * Fecha de la audiencia: 1 de agosto de 2024. * Magistrado: . * Fiscal: . * Defensor: . * Delito: Conducción en estado de ebriedad. * Imputado: .

• Hechos acreditados: * fue encontrado culpable de conducir en estado de ebriedad. * El hecho ocurrió el 5 de junio de 2022. * El imputado admitió su responsabilidad en los hechos.

• Calificación jurídica y pena: * Se condena a como autor del delito de conducción en estado de ebriedad, según el artículo 196 en relación con el artículo 110 de la Ley 18.290. * Pena: Sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo. * Pena accesoria: Suspensión de oficio o cargo público durante el tiempo de la condena. * Multa: Dos Unidades Tributarias Mensuales (UTM). * Suspensión de la licencia de conducir por cinco años.

• Beneficios/medidas accesorias: * Se sustituye la pena de presidio por reclusión parcial domiciliaria nocturna, entre las 22:00 y las 06:00 horas. * Se ordena informar a Gendarmería de Chile para verifica...

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