Penal - Rol O-1141-2023

TOMÁS ANDRÉS JADRESIC SIMONETTI C/ EDGARDO RODRIGO CERDA RAMÍREZ

Abstracto

Juzgado de Garantía de Tocopilla RUC 2310056791-1, RIT 1141-2023 Audiencia de fecha 3 de octubre de 2024 Juez SERGIO ENRIQUE ALMONACACID MUÑOZ Fiscal RICARDO CASTRO LILLO Defensora CATALINA DONOSO ROSAS Querellante STEFANI BAEZA CARREÑO Imputados EDGARDO RODRIGO CERDA RAMÍREZ y MARIO JOSÉ MERCADO ROJAS Delito Comercialización de productos falsificados en concurso ideal con el delito del artículo 190 inciso 2° del Código Penal Hechos acreditados EDGARDO RODRIGO CERDA RAMÍREZ y MARIO JOSE MERCADO ROJAS fueron sorprendidos en posesión de productos con logos falsificados de marcas como ADIDAS GUCCI ARMANI SUPREME COLO-COLO LAKERS NIKE PUMA VERSACE DOLCE GABANA MUSCHINO UNDER ARMOUR THE NORTH FACE CONVERSE ALVIERO MARTINI REEBOK JORDAN LACOSTE ARMAN y boxers PUMA Calificación jurídica y pena EDGARDO RODRIGO CERDA RAMÍREZ Condenado por comercialización de productos falsificados en concurso ideal con el delito del artículo 190 inciso 2° del Código Penal Pena de 41 días de prisión en su grado máximo y suspensión para cargo y oficio público durante el tiempo de la condena MARIO JOSÉ MERCADO ROJAS Condenado por comercialización de productos falsificados en concurso ideal con el delito del artículo 190 inciso 2° del Código Penal Pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo y suspensión para cargo y oficio público durante el tiempo de la condena Beneficios/medidas accesorias Ambos imputados pena sustitutiva de remisión condicional por un año Deben presentarse en el Centro de Detención Preventiva de Tocopilla el 11 de octubre de 2024 Se ordena el comiso de los productos falsificados Antecedentes del imputado No se entregan detalles específicos sobre la edad ocupación o antecedentes penales en este resumen Atenuantes / agravantes alegadas EDGARDO RODRIGO CERDA RAMÍREZ Atenuante del artículo 11 número 6 del Código Penal MARIO JOSÉ MERCADO ROJAS No concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad Argumentos de la fiscalía y la defensa No se detallan los argumentos específicos de la fiscalía y la defensa en este resumen Fundamentos del tribunal No se especifican los fundamentos del tribunal para determinar las penas o acoger/rechazar peticiones Disposiciones legales citadas Artículo 28 bis inciso final de la Ley 19.039 de Propiedad Industrial Artículo 190 inciso 2° del Código Penal Artículo 38 de la Ley 18.216 Artículo 469 del Código Procesal Penal Artículo 11 número 6 del Código Penal Condiciones de la suspensión y consecuencias del incumplimiento La remisión condicional implica la obligación de cumplir con las condiciones establecidas por el tribunal durante un año El incumplimiento podría conllevar la revocación del beneficio Posibilidad de recursos Se indica que la sentencia se declara firme y ejecutoriada por renuncia a plazos y recursos legales.

Resumen

• Datos básicos del caso: – Juzgado de Garantía de Tocopilla. – RUC 2310056791-1, RIT 1141-2023. – Fecha de la audiencia: 3 de octubre de 2024. – Juez: SERGIO ENRIQUE ALMONACID MUÑOZ. – Fiscal: RICARDO CASTRO LILLO. – Defensora: CATALINA DONOSO ROSAS. – Querellante: STEFANI BAEZA CARREÑO (por Adidas). – Imputados: EDGARDO RODRIGO CERDA RAMÍREZ y MARIO JOSÉ MERCADO ROJAS. – Delito: Comercialización de productos falsificados en concurso ideal con el delito del artículo 190 inciso 2° del Código Penal.

• Hechos acreditados: – El 21 de septiembre de 2023, alrededor de las 11:35 horas, EDGARDO RODRIGO CERDA RAMÍREZ y MARIO JOSE MERCADO ROJAS fueron sorprendidos en la intersección de calles 21 de mayo con Freire de Tocopilla. – Se encontraban en posesión, con fines de comercialización, de: un jockey, 15 poleras y 5 polerones con el logo "ADIDAS" falsificado; 26 gorros tipo jockey con logos de marcas como GUCCI, ARMANI, SUPREME, COLO-COLO y LAKERS; 4 pares de zapatillas NIKE y PUMA; 148 poleras NIKE, POLO, TOMMY HILFIGER, LACOSTE, VERSACE, DOLCE GABANA, MUSCHINO, UNDER ARMOUR, THE NORTH FACE, CONVERSE, ALVIERO MARTINI, REEBOK y JORDAN; 14 polerones CONVERSE, LACOSTE Y ARMAN y 13 bóxer PUMA.

• Calificación jurídica y pena: – EDGARDO RODRIG...

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