Penal - Rol O-361-2024
ANONIMIZADO
Abstracto
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, compuesto por los jueces Cristóbal Lira Orphanopoulos (presidente), Felipe Ortiz de Zárate Fernández y Marcela Nash Álvarez, realizó una audiencia de juicio oral el 27 de septiembre de 2024, en la causa Rol Interno N° 361-2024. El Ministerio Público, representado por la fiscal Carolina Monsalve Salas, acusó a HANS JOHN CASTILLO AGURTO. La defensa estuvo a cargo de la Defensora Penal Pública Titular Marianela Pizarro Astudillo. El 15 de enero de 2024, aproximadamente a las 13:30 horas, HANS JOHN CASTILLO AGURTO se acercó al lugar de trabajo de Javiera, en Viña del Mar. Javiera es su expareja. En la ocasión, el imputado incumplió una medida cautelar de prohibición de acercamiento impuesta por el Juzgado de Familia de Viña del Mar el 26 de diciembre de 2023, que estaba vigente y notificada. Durante su relación de convivencia, que duró 16 años, se le acusó de maltrato físico y psicológico a Javiera. La fiscalía acusó a HANS JOHN CASTILLO AGURTO por los delitos de: Desacato (artículo 240 del Código de Procedimiento Civil). Amenazas (artículo 296 N° 3 del Código Penal, en relación con el artículo 5 de la Ley N°20.066). Maltrato habitual (artículo 403 del Código Penal). La fiscalía solicitó las siguientes penas: 200 días de presidio menor en su grado mínimo por amenazas. 200 días de presidio menor en su grado mínimo por maltrato habitual. 800 días de reclusión menor en su grado medio por desacato. Solicitó además las accesorias legales y el pago de costas. La fiscalía solicitó las accesorias del Art 9 ley 20.066 letra a) abandono del hogar común, b) Prohibición de acercarse a la víctima y a su domicilio, por el término de un año. HANS JOHN CASTILLO AGURTO tiene 43 años, es chileno, soltero, albañil, con sexto año básico y domiciliado en Viña del Mar. La fiscalía argumentó que demostraría los delitos de desacato, amenazas y maltrato habitual en contexto de violencia intrafamiliar, basándose principalmente en la declaración de la víctima. La defensa argumentó que la fiscalía no lograría acreditar los hechos ni la participación del acusado, solicitando su absolución por inocencia. Al cierre del juicio, la fiscalía solo mantuvo la acusación por desacato. La defensa concordó con la absolución por amenazas y maltrato habitual. El tribunal absolvió a HANS JOHN CASTILLO AGURTO de los cargos por amenazas simples no condicionales, maltrato habitual y desacato, por falta de pruebas suficientes. Consideró que la prueba presentada por la fiscalía, en particular el testimonio de la víctima, fue inconsistente y vaga. El tribunal argumentó que no se acreditaron los hechos de las amenazas y el maltrato habitual. Respecto al desacato, el tribunal consideró que, si bien existía la orden de alejamiento, no se demostró el quebrantamiento de esta, debido a las contradicciones en el testimonio de la víctima. El juez Cristóbal Lira Orphanopoulos emitió un voto disidente, argumentando que la prueba sí fue suficiente para acreditar el desacato, basándose en el testimonio de la víctima, la policía y los documentos que acreditaban la orden de alejamiento. El disidente creía que debía condenarse al acusado por desacato. Artículos 240 del Código de Procedimiento Civil. Artículo 296 N° 3 del Código Penal. Artículo 5 de la Ley N°20.066. Artículo 403 del Código Penal. Artículos 1, 14, 396 N° 3 del Código Penal. Artículos 1, 4, 295, 296, 297, 325 y siguientes 340, 342, 345, 348 y 468 del Código Procesal Penal. Artículos 5, 9 y 14 de la ley 20.066. El tribunal absolvió a HANS JOHN CASTILLO AGURTO de los cargos, sin costas. Se ordenó devolver a la fiscalía los antecedentes acompañados durante la audiencia.
Resumen
• Datos básicos del caso El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, compuesto por los jueces Cristóbal Lira Orphanopoulos (presidente), Felipe Ortiz de Zárate Fernández y Marcela Nash Álvarez, realizó una audiencia de juicio oral el 27 de septiembre de 2024, en la causa Rol Interno N° 361-2024. El Ministerio Público, representado por la fiscal Carolina Monsalve Salas, acusó a HANS JOHN CASTILLO AGURTO. La defensa estuvo a cargo de la Defensora Penal Pública Titular Marianela Pizarro Astudillo.
• Hechos acreditados El 15 de enero de 2024, aproximadamente a las 13:30 horas, HANS JOHN CASTILLO AGURTO se acercó al lugar de trabajo de Javiera, en Viña del Mar. Javiera es su expareja. En la ocasión, el imputado incumplió una medida cautelar de prohibición de acercamiento impuesta por el Juzgado de Familia de Viña del Mar el 26 de diciembre de 2023, que estaba vigente y notificada. Durante su relación de convivencia, que duró 16 años, se le acusó de maltrato físico y psicológico a Javiera.
• Calificación jurídica y pena La fiscalía acusó a HANS JOHN CASTILLO AGURTO por los delitos de: Desacato (artículo 240 del Código de Procedimiento Civil). Amenazas (artículo 296 N° 3 del Código Penal, en relación con el artículo 5 de la Ley N°20.066). Maltrato habitual (art...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.