Penal - Rol O-386-2024

C/

Abstracto

• Datos básicos del caso:

  • RUC: 2301044840-9, RIT: 386-2024.
  • Delito: Receptación de vehículo motorizado.
  • Tribunal: Segundo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago.
  • Fecha de la sentencia: 8 de noviembre de 2024.

• Hechos acreditados:

  • El 26 de septiembre de 2023, alrededor de las 18:30 horas, tenía en su poder un Mercedes Benz, PPU GPCD-50, propiedad de , en Renca.
  • El vehículo había sido robado el 24 de septiembre de 2023.
  • González Apablaza no justificó la legítima adquisición del vehículo ni su tenencia ante la policía y se presume conocía el origen ilícito del mismo.

• Calificación jurídica y pena:

  • Delito: Receptación de vehículo motorizado (artículo 456 bis A, inciso 3 del Código Penal).
  • Grado: Consumado.
  • Participación: Autor (artículo 15 N°1 del Código Penal).
  • Pena: Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y multa de cinco unidades tributarias mensuales.
  • Penas accesorias: Inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos públicos durante la condena.

• Beneficios/medidas accesorias:

  • Se concede libertad vigilada intensiva (artículos 15 y 15 bis de la Ley N°18.216).
  • La multa se puede pagar en 5 cuotas.
  • No se condena al pago de costas.

• Antecedentes del imputado:

  • Nombre: , apodado "Maestro Telo".
  • Edad: 46 años, nacido el 28 de octubre de 1978.
  • Estado civil: Soltero.
  • Ocupación: Mecánico.
  • Domicilio:
  • Antecedentes penales: Condenado por tráfico ilícito de sustancias estupefacientes en 2007, cumplida en 2014.

• Atenuantes / agravantes alegadas:

  • Atenuantes alegadas por la defensa: colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos (artículo 11 N°9 del Código Penal) y cumplimiento de deber (artículo 10 N°10 en relación con el artículo 11 N°1 del Código Penal).
  • Agravantes: No se mencionan.

• Argumentos de la fiscalía y la defensa:

  • Fiscalía: Acreditar los hechos, la participación del acusado y solicitar la pena.
  • Defensa: Negar los hechos, argumentando que la tenencia del vehículo se debía a un encargo de reparación y que el acusado desconocía su origen ilícito. Solicitar la aplicación de atenuantes y la pena mínima.

• Fundamentos del tribunal:

  • El tribunal consideró acreditados los hechos y la participación del acusado basándose en la prueba testimonial, documental (incluyendo el parte policial y el certificado de inscripción del vehículo), video y fotográfica.
  • Rechaza la atenuante de colaboración sustancial, argumentando que la declaración del acusado no aportó al esclarecimiento de los hechos.
  • Rechaza la atenuante de cumplimiento de deber por falta de prueba.
  • Consideró que la pena debía ser en el mínimo, dada la devolución del vehículo a su dueño.
  • Se otorga libertad vigilada intensiva por cumplir con los requisitos legales.

• Disposiciones legales citadas:

  • Artículos 1, 14 N°1, 15 N°1, 18, 25, 29, 456 bis A inciso 3 del Código Penal.
  • Artículos 45, 47, 295, 296, 297, 325 y siguientes, 340, 341, 342, 343, 344, 348 y 398 del Código Procesal Penal.
  • Artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales.
  • Ley N°18.216.
  • Artículos 10 N°1, 11 N°1, 11 N°6, 11 N°9 del Código Penal.
  • Artículo 449 del Código Penal.
  • Artículo 67 del Código Penal.
  • Artículo 70 del Código Penal.

• Condiciones de la suspensión y consecuencias del incumplimiento:

  • El imputado deberá someterse al control y vigilancia de un delegado de libertad vigilada por el tiempo de la pena impuesta.
  • Deberá cumplir con las condiciones establecidas por el delegado, que se ajustarán a un plan de intervención para su reinserción social.
  • En caso de incumplimiento de la libertad vigilada intensiva, deberá cumplir la pena privativa de libertad de forma efectiva.

• Posibilidad de recursos:

  • No se mencionan expresamente.

Resumen

• Datos básicos del caso:

  • RUC: 2301044840-9, RIT: 386-2024.
  • Delito: Receptación de vehículo motorizado.
  • Tribunal: Segundo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago.
  • Fecha de la sentencia: 8 de noviembre de 2024.

• Hechos acreditados:

  • El 26 de septiembre de 2023, alrededor de las 18:30 horas, tenía en su poder un Mercedes Benz, PPU GPCD-50, propiedad de , en Renca.
  • El vehículo había sido robado el 24 de septiembre de 2023.
  • González Apablaza no justificó la legítima adquisición del vehículo ni su tenencia ante la policía y se presume conocía el origen ilícito del mismo.

• Calificación jurídica y pena:

  • Delito: Receptación de vehículo motorizado (artículo 456 bis A, inciso 3 del Código Penal).
  • Grado: Consumado.
  • Participación:...

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