Penal - Rol O-57-2024
ANONIMIZADO
Abstracto
• Datos básicos del caso • RIT: 57-2024. • RUC: 2001220102-9. • Delitos: Secuestro, Amenazas en contexto de Violencia Intrafamiliar (VIF) y Desacato. • Acusado: , chileno, Cédula Nacional de Identidad NUM003, empleado, domiciliado en DIRECCION002, comuna de Cerrillos. • Víctima: SARA (cónyuge del imputado). • Fecha de la sentencia: 7 de noviembre de 2024. • Hechos acreditados • El tribunal determinó que no se acreditó, más allá de toda duda razonable, la comisión de los delitos imputados. • El tribunal considera que no hubo una notificación válida de la medida cautelar de prohibición de acercamiento impuesta a . • No se acreditó que haya amenazado de muerte a SARA. • No se acreditó el delito de secuestro. • Calificación jurídica y pena • Acusación: Secuestro (artículo 141 del Código Penal), Amenazas en contexto de VIF (artículo 296 Nº3 del Código Penal en relación al artículo 5 de la Ley 20.066), y Desacato (artículo 240 del Código de Procedimiento Civil en relación a los artículos 9 y 10 de la Ley 20.066). • Solicitud de penas (Ministerio Público): 5 años de presidio mayor en su grado máximo por secuestro, 540 días de presidio menor en su grado mínimo por amenazas en contexto de VIF y 3 años de reclusión menor en su grado medio a máximo por desacato. • El tribunal absolvió a de todos los cargos. • Beneficios/medidas accesorias • Se exime al Ministerio Público y a la Querellante del pago de las costas. • Antecedentes del imputado • , chileno, Cédula Nacional de Identidad NUM003, empleado. • Domiciliado en DIRECCION002, comuna de Cerrillos. • El tribunal no menciona antecedentes penales, pero sí que la defensa alegó que nunca había tenido problemas con la justicia penal. • Atenuantes / agravantes • Atenuante (alegada por el Ministerio Público): irreprochable conducta anterior (artículo 11 N°6). • Argumentos de la fiscalía y la defensa • Fiscalía: Buscaba acreditar los delitos a través de la declaración de la víctima, audios, videos y documentos, y solicitó condena. • Querellante: Solicitó juzgar con perspectiva de género, argumentando que hubo violencia sistemática. • Defensa: Argumentó falta de pruebas para acreditar los delitos y solicitó la absolución. Cuestionó la validez de la notificación de la medida cautelar, la existencia de amenazas y el secuestro. • Fundamentos del tribunal • No se logró acreditar, más allá de toda duda razonable, los hechos punibles ni la participación del acusado. • La prueba de cargo fue insuficiente e inidónea para legitimar una condena penal. • La notificación de la medida cautelar no fue válida. • No se probó el delito de amenazas. • No se demostró el delito de secuestro. • Disposiciones legales citadas • Código Penal: artículo 141 (secuestro), artículo 296 Nº3 (amenazas en contexto de VIF), artículo 11 N°6 (atenuante). • Código de Procedimiento Civil: artículo 240 (desacato). • Ley 20.066 (Violencia Intrafamiliar): artículo 5, artículos 9 y 10. • Código Procesal Penal: artículo 340 (estándar de convicción), artículo 341. • Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar y Erradicar La Violencia Contra La Mujer (Convención de Belem Do Para): artículo 1 y 2. • Condiciones de la suspensión y consecuencias del incumplimiento • No aplica, ya que hubo absolución. • Posibilidad de recursos • No se menciona la posibilidad de recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso • RIT: 57-2024. • RUC: 2001220102-9. • Delitos: Secuestro, Amenazas en contexto de Violencia Intrafamiliar (VIF) y Desacato. • Acusado: , chileno, Cédula Nacional de Identidad NUM003, empleado, domiciliado en DIRECCION002, comuna de Cerrillos. • Víctima: SARA (cónyuge del imputado). • Fecha de la sentencia: 7 de noviembre de 2024. • Hechos acreditados • El tribunal determinó que no se acreditó, más allá de toda duda razonable, la comisión de los delitos imputados. • El tribunal considera que no hubo una notificación válida de la medida cautelar de prohibición de acercamiento impuesta a . • No se acreditó que haya amenazado de muerte a SARA. • No se acreditó el delito de secuestro. • Calificación jurídica y pena • Acusación: Secuestro (artículo 141 del Código Penal), Amenazas en contexto de VIF (artículo 296 Nº3 del Código Penal en relación al artículo 5 de la Ley 20.066), y Desacato (artículo 240 del Código de Procedimiento Civil en relación a los artículos 9 y 10 de la Ley 20.066). • Solicitud de penas (Ministerio Público): 5 años de presidio mayor en su grado máximo por secuestro, 540 días de presidio menor en su grado mínimo por amenazas en contexto de VIF y 3...
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