Penal - Rol O-303-2024
C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica. * RIT: 303-2024. * RUC: 2400531937-0. * Fecha: 2 de diciembre de 2024. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * Fecha: 9 de mayo de 2024, aproximadamente a las 20:44 horas. * Lugar: Calle Hamburgo con Pasaje San Bernardo, Arica. * Conducta: Juan Pablo Opazo Cortés fue sometido a un control de identidad. Se encontró en su poder, al interior de un vehículo Hyundai modelo Porter, sobre el asiento del copiloto, cubierta con un paño blanco, una escopeta de fabricación artesanal, apta para el disparo, y un cartucho balístico calibre 12, apto para ser percutado.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Tenencia de arma de fuego prohibida (artículo 13 en relación con el artículo 3 letra e) de la Ley 17.798). * Pena: Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo. * Accesorias: Inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena. * Se absuelve a Juan Pablo Opazo Cortés del delito de porte ilegal de municiones.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Se sustituye la pena privativa de libertad por la de Libertad Vigilada Intensiva, por un término equivalente al de la pena impuesta, sujeto a un programa de actividades y condiciones. * Comiso del arma hechiza, que deberá ser remitida a los Arsenales de Guerra para su destrucción.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: Juan Pablo Opazo Cortés. * Edad: 37 años (nacido el 16 de octubre de 1986). * Ocupación: Mecánico. * Estado civil: Soltero. * Antecedentes penales: No se especifica si los tiene, pero se indica que no registra condenas por crimen o simple delito y las anotaciones son solo por faltas.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuante: Colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos (artículo 11 Nº 9 del Código Penal). El tribunal la acogió. * Agravantes: No se invocaron. * Impacto: La concurrencia de una atenuante y la ausencia de agravantes permitieron fijar la pena en su mínimo.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Sostuvo que con la prueba presentada se acreditó el delito y solicitó la condena, inicialmente por porte de arma y municiones. No se opuso a la aplicación de una pena sustitutiva en caso de que la pena fuera impuesta en su mínimo. * Defensa: Adoptó una posición colaborativa, reconociendo la tenencia del arma pero negando el conocimiento de su capacidad para disparar. Solicitó el reconocimiento de la atenuante de colaboración y la aplicación de la pena en su mínimo, con la sustitución por libertad vigilada intensiva.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal consideró probados los hechos a partir del testimonio de los funcionarios policiales que presenciaron la detención y hallazgo del arma, corroborado por pruebas materiales y periciales. * Se basó en el testimonio del perito balístico para determinar la aptitud del arma para el disparo. * Valoró el reconocimiento de la tenencia del arma por parte del acusado. * Desestimó la acusación por tenencia de municiones, al considerar que no se podía deslindar la comisión de un mismo hecho en dos delitos distintos. * Reconoció la atenuante de colaboración.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 13 y artículo 3 letra e) de la Ley 17.798 (control de armas). * Artículo 15 Nº1 del Código Penal (autoría). * Artículo 11 Nº 9 del Código Penal (atenuante de colaboración). * Artículo 15 bis de la Ley 18.216 (Libertad Vigilada Intensiva). * Artículo 17 B de la Ley 17.798 (Cálculo de la pena).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * El acusado deberá sujetarse al cumplimiento de un programa de actividades orientado a su reinserción social, a través de una intervención individualizada y bajo las condiciones del artículo 17 y 17 ter de la Ley 18.216, además de las medidas dispuestas por el delegado. * En caso de revocación de la pena sustitutiva, el imputado deberá cumplir la pena privativa de libertad originalmente impuesta.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica. * RIT: 303-2024. * RUC: 2400531937-0. * Fecha: 2 de diciembre de 2024. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * Fecha: 9 de mayo de 2024, aproximadamente a las 20:44 horas. * Lugar: , Arica. * Conducta: fue sometido a un control de identidad. Se encontró en su poder, al interior de un vehículo Hyundai modelo Porter, sobre el asiento del copiloto, cubierta con un paño blanco, una escopeta de fabricación artesanal, apta para el disparo, y un cartucho balístico calibre 12, apto para ser percutado.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Tenencia de arma de fuego prohibida (artículo 13 en relación con el artículo 3 letra e) de la Ley 17.798). * Pena: Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo. * Accesorias: Inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena. * Se absuelve a del delito de porte ilegal de municiones.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Se sustituye la pena privativa de libertad por la de Libertad Vigila...
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