Penal - Rol O-4828-2021

3ER. JDO. PL TALCA C/

Abstracto

En este caso, se revisa la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, que condenó a EDUARDO ALEJANDRO HENRÍQUEZ DABER como autor de los delitos de daños simples y amenazas simples, ambos en contexto de violencia intrafamiliar. Los hechos ocurrieron el 28 de febrero de 2022 en la comuna de Maule, afectando a su ex conviviente, Lilian Marlene Gómez Leyton, y a Fabián Alexis Veliz Brunel. El imputado fue absuelto de la acusación por conducción profesional sin licencia, ocurrida el 1 de julio de 2021 en Talca. La pena impuesta fue de 61 días de presidio menor en su grado mínimo por cada delito, con la accesoria de suspensión de cargos públicos y prohibición de acercarse a la víctima por 2 años. Se le concedió el beneficio de reclusión parcial domiciliaria nocturna con monitoreo telemático, eximiéndolo de costas. La defensa renunció a los plazos y recursos, mientras que el Ministerio Público se reservó dicho derecho.

Resumen

• Datos básicos del caso: o Tribunal: Juzgado de Garantía de Talca. o RUC: 2110034211-9. o RIT: 4828-2021. o Imputado: . o Fecha de la audiencia: 4 de marzo de 2025.

• Hechos acreditados: o El imputado fue acusado de conducir sin licencia profesional el 1 de julio de 2021 en Talca. o El imputado fue acusado de daños simples y amenazas simples en contexto de violencia intrafamiliar, cometidos el 28 de febrero de 2022 en Maule, en perjuicio de su ex conviviente, , y de .

• Calificación jurídica y pena: o Absuelto de la imputación por conducción sin licencia profesional. o Condenado por daños simples en contexto de violencia intrafamiliar y por amenazas simples en contexto de violencia intrafamiliar. o Pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo por cada delito. o Pena accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. o Pena accesoria de prohibición de acercarse a la víctima, , por 2 años.

• Beneficios/medidas accesorias: o Se exime al condenado del pago de costas. o Se sustituyen las penas privativas de libertad por reclusión parcial domiciliaria nocturna (encierro en su domicilio entre las 22:00 y las 6:00 horas), con monitoreo telemático a cargo ...

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