SII - Oficio N°561 (25-02-2005)
Oficio N°561 (25-02-2005) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 561 de 2005, establece que los aportes a los OTIC para ser considerados dentro del año comercial, deben estar disponibles como dinero efectivo el 31 de diciembre, especificando el tratamiento de los cheques.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 561, de 25.02.2005, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Directos. Se refiere a la forma en que deben efectuarse los aportes a los OTIC por las empresas adherentes, según la Ley N° 19.518 sobre capacitación y empleo. • Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un organismo solicita claridad sobre los plazos para el ingreso de aportes a los OTIC y el tratamiento de documentos emitidos el 31 de diciembre, fecha históricamente de feriado bancario. El SENCE emitió un ORD. Circ. 080 indicando que se entenderá como aporte efectivamente percibido el flujo de dinero efectivo y de disponibilidad inmediata para los OTIC al 31 de diciembre. Existe una Resolución Exenta N° 116 del SII que señala que se entenderá como aporte efectivamente percibido un flujo efectivo de recursos que al 31 de diciembre se encuentre como dinero disponible en el OTIC. • Consultas específicas planteadas al SII: Plazos de ingreso de los aportes a los OTIC para efectos de la franquicia tributaria y validez de los documentos emitidos el 31 de diciembre como aportes dentro del período. • Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante menciona una Circular del SENCE que les permite recibir e ingresa...
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