SII - Oficio N°1204 (28-04-2005)
Oficio N°1204 (28-04-2005) del SII
Abstracto
El SII aclara que el tratamiento tributario de utilidades distribuidas por una sociedad anónima nacida de una división, acogida al 14 bis LIR, descrito en el Oficio N°275 de 2005, solo aplica mientras se mantenga en dicho régimen.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° y, C-378-2005 SD, del 10 de abril de 2006, del Director del Servicio de Impuestos Internos al Sr. Christian Blanche Reyes, sobre aclaración del Oficio N° 275, de 28 de enero de 2005, en relación con la división de una sociedad anónima y su tributación bajo el artículo 14 bis de la Ley de la Renta.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El consultante solicita aclarar el Oficio N° 275, específicamente el numeral 3, letra d), segundo párrafo, respecto a la tributación de utilidades distribuidas por una sociedad anónima nacida de una división, acogida al régimen del artículo 14 bis de la LIR.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si la interpretación contenida en el Oficio N° 275, numeral 3, letra d), segundo párrafo, se refiere solo a la situación de la sociedad que nace de la división mientras se mantenga en el régimen optativo del artículo 14 bis de la LIR, y si al abandonar este régimen, la sociedad se regirá por las reglas generales de tributación.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante argumenta que la tributación señalada en el Oficio N° 275 debe entenderse aplicable solo mientras la sociedad se encuentre acogida al régimen del artículo 14 bis de la LIR.
• Doctrina ...
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