SII - Oficio N°4932 (14-12-2005)
Oficio N°4932 (14-12-2005) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre el tratamiento tributario en la enajenación de acciones entre filiales, reafirmando su facultad de tasar cuando el precio difiere notoriamente del valor de mercado, especialmente si no hay una reorganización justificada y existen flujos de dinero.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 4.932, de 14.12.2005, del Servicio de Impuestos Internos (SII), Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Directos. Se refiere al tratamiento tributario de la enajenación de acciones conforme al artículo 17°, N°8, letra a), de la Ley de la Renta y artículo 64° del Código Tributario.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente solicita al SII que ratifique ciertos criterios de interpretación respecto a la venta de acciones entre una sociedad matriz y sus filiales.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si la venta de acciones de una filial por parte de su matriz a otra filial puede realizarse a valores tributarios, y si la venta de acciones entre una matriz y una filial a un precio inferior al valor de mercado es objetable tributariamente.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante argumenta que la venta de acciones entre filiales no es una reorganización que permita usar valores tributarios, y que una venta a precios considerablemente inferiores al mercado es objetable y faculta al SII para tasar la operación.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el artículo 1545 del Código Civil (autonomía de la voluntad), el artí...
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