SII - Oficio N°135 (13-01-2006)
Oficio N°135 (13-01-2006) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la vigencia de exenciones tributarias de una institución de beneficencia. Determina que la exención de Impuesto de Primera Categoría debe ser revisada, la exención de FUT no aplica mientras esté exenta de Primera Categoría, y la exención de Impuesto de Timbres y Estampillas expiró en 1975.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 135, de 13.01.2006, de la Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Directos del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes El contribuyente XXXXXX consulta sobre la vigencia de las exenciones de Impuesto de Primera Categoría (Ley de la Renta) y de Impuesto de Timbres, Estampillas y Papel Sellado, concedidas a YYYYYY mediante Decreto Supremo de Hacienda N° xxx de 19xx.
• Consultas específicas planteadas al SII
- Vigencia de la exención de Impuesto de Primera Categoría.
- Exención de la obligación de llevar el libro y control del FUT.
- Vigencia de la exención del Impuesto de Timbres, Estampillas y Papel Sellado.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) El contribuyente opina que la exención del Impuesto de Primera Categoría se derogó con el Decreto Ley N° 824, lo que implica la obligación de llevar el Libro FUT. Respecto al Impuesto de Timbres y Estampillas, considera que la situación es análoga, dado que el Decreto Ley N° 3.475 es posterior al decreto de exención.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII Circular N° 61, de 1976. Oficio N° 5.415, de 21 de Septiembre de 1976. Circulares N°s. 65 y 149, de 1977; 49, de 1978; 47 y 78, d...
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