SII - Oficio N°3175 (10-07-2006)
Oficio N°3175 (10-07-2006) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N°3175 de 2006, determinó que los servicios de vigilancia prestados a usuarios de Zona Franca están sujetos al IVA y a la Ley de la Renta, al no estar directamente relacionados con la comercialización de mercancías.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 3.175, de 10.07.2006, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Indirectos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) constituida en Punta Arenas, cuyo giro es la prestación de servicios integrales de seguridad (vigilancia, monitoreos, capacitaciones, arriendos de equipos), consulta si su actividad está acogida al régimen de Zona Franca establecido en el D.F.L. N° 341 de 1977, considerando que arrienda una oficina dentro del recinto de la Zona Franca y presta servicios a los usuarios de la misma.
• Consultas específicas planteadas al SII ¿Se encuentra la actividad de prestación de servicios de seguridad y vigilancia acogida al régimen de Zona Franca establecido en el D.F.L. N° 341 de 1977?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) La EIRL se constituyó con la única finalidad de funcionar y prestar servicios al interior del recinto de Zona Franca a los usuarios de la misma.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII
- Art. 23° del Decreto Supremo de Hacienda N° 341, de 1977.
- D.L. N° 825, de 1974 (Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios).
- D.L. N° 824, de 1974 (Ley sobre Impuesto ...
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