SII - Oficio N°2359 (02-08-2007)
Oficio N°2359 (02-08-2007) del SII
Abstracto
El SII aclara la aplicación de la Ley N° 18.502 y Ley N° 19.764 sobre recuperación del impuesto específico al petróleo diésel. Reitera el criterio establecido en el Oficio N° 1501 de 2004, pero matiza la condición de empresa de transporte según el Código de Comercio.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 2.359, de 02.08.2007, emitido por la Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Indirectos del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Un asesor Pyme, actuando a través de CORFO, consulta sobre la aplicación de la Ley N° 18.502 (recuperación del 100% del impuesto específico al petróleo para contribuyentes IVA que explotan maquinarias ajenas al tránsito público, como tractores oruga) y la Ley N° 19.764 (recuperación del 20% para empresas de transporte con camiones de cierto peso). Se plantea el caso de un contribuyente con maquinaria y un camión, y la imposibilidad de ampliar su giro a transportista debido a la aplicación de la Circular N° 32 de 1986, que invalidaría el crédito por la maquinaria si usa vehículos que transitan por vías públicas.
• Consultas específicas planteadas al SII Se solicita un estudio de las instrucciones (circulares y oficios) que establecen el criterio tributario cuestionado.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) El consultante manifiesta disconformidad con la interpretación del SII, argumentando que obliga al contribuyente a separar actividades (persona natural para la maquinaria y sociedad para el camión), generando costos y complejidades...
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