SII - Oficio N°2448 (17-08-2007)
Oficio N°2448 (17-08-2007) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la exención del Impuesto de Timbres y Estampillas (ITE) según la Ley N°20.130 en mutuos hipotecarios. Ratifica la exención para refinanciamientos hasta el saldo insoluto, sin importar si la garantía original involucró múltiples propiedades.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2.448, de 17.08.2007, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Exención del Impuesto de Timbres y Estampillas (ITE) establecida en la Ley N°20.130, que reemplazó el N°17 del Art. 24° del D.L. N°3.475, de 1980. Aplicación a un mutuo endosable garantizado con hipoteca sobre dos bienes raíces. Se consideran las instrucciones de la Circular N°69, de 2006.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente solicita al SII confirmar la aplicación de la exención del ITE (Ley N°20.130) a dos nuevos mutuos hipotecarios endosables. Estos mutuos se utilizarán para prepagar un crédito original de 2004 (gravado con ITE en su momento) que estaba garantizado con hipoteca sobre dos bienes raíces. Los nuevos créditos, además de prepagar la deuda original, incluyen capital adicional y están garantizados individualmente con una hipoteca sobre cada uno de los bienes raíces originales.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es aplicable la exención del ITE (Ley N°20.130) a los dos nuevos créditos hipotecarios, considerando que el crédito original estaba garantizado con hipoteca sobre dos inmuebles, mientras que los nuevos créditos están garantizados individualmente sobre cada inmueble? El consultante propone un método para calcu...
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