SII - Oficio N°2521 (27-08-2007)
Oficio N°2521 (27-08-2007) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 2521 de 2007, analiza si los servicios prestados en Chile por una sociedad española originan un establecimiento permanente según el Convenio Chile-España para evitar la doble imposición. Concluye que, dadas las circunstancias, no se configura un establecimiento permanente.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2521, de 27.08.2007, del Servicio de Impuestos Internos (SII), Subdirección Normativa, Departamento de Normas Internacionales. Materia: Interpretación del Convenio entre Chile y España para evitar la doble imposición, específicamente en relación con el concepto de establecimiento permanente (artículo 5) y la tributación de beneficios empresariales (artículo 7).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una sociedad española planea suscribir un contrato con una viña chilena para acreditar y certificar el origen y calidad de una cepa de uva, así como las condiciones técnicas de los productos químicos utilizados. Esto implicará el envío de trabajadores a Chile para tomar muestras durante un plazo de tres años, con visitas de una semana cada seis meses.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si los días para determinar la existencia de un establecimiento permanente son solo los de actividad efectiva en Chile y si, de existir un establecimiento permanente, se permite la deducción de gastos asociados.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante argumenta que no se configura un establecimiento permanente según el artículo 5 letra b) del Convenio, ya que la sociedad española no desarrollará ...
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