SII - Oficio N°3180 (20-11-2007)
Oficio N°3180 (20-11-2007) del SII
Abstracto
El SII rechaza la solicitud de revisión del Oficio N° 1.355, manteniendo el criterio sobre cómo determinar el costo tributario en la enajenación de acciones para personas naturales, diferenciándolo del tratamiento para la enajenación de derechos sociales.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3.180, de 20.11.2007, de la Subdirección Normativa del SII, Departamento de Impuestos Directos. Se pronuncia sobre la forma de determinar el costo tributario en la enajenación de acciones cuando se trata de una persona natural.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente solicita la revisión del Oficio Ord. N° 1.355, de 25.08.2006, de la Dirección Regional de Concepción, respecto a la interpretación de las normas legales aplicables a la determinación del costo tributario en la enajenación de acciones por personas naturales. El contribuyente es un accionista fundador de una sociedad anónima cerrada y no es contribuyente del impuesto de primera categoría.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Debe homologarse la situación del accionista persona natural constituyente o fundador de una sociedad anónima cerrada al caso de las personas naturales que enajenan sus derechos en sociedades de personas, de manera que el costo tributario de las acciones sea el valor de libros según el último balance de la empresa?
• Argumentos del consultante: El contribuyente argumenta que, al enajenar acciones como accionista fundador, la renta proveniente de la operación debería determinarse deduciendo del precio de venta el valor de li...
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