SII - Oficio N°3397 (14-12-2007)
Oficio N°3397 (14-12-2007) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre el tratamiento tributario en Chile, según el Convenio Chile-España, de servicios prestados por una sociedad española a su filial chilena (call center). Se analizan rentas empresariales, 'know-how' y establecimiento permanente.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3.397, de 14.12.2007, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Tratamiento tributario según el Convenio entre Chile y España para evitar la doble imposición de servicios prestados por una sociedad española a su filial en Chile (centro de llamados). Se analizan los artículos 5, 7 y 12 del Convenio y el artículo 58 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una empresa chilena que opera un centro de llamados (call center) consulta sobre la tributación de servicios contratados a su matriz en España. Estos servicios incluyen: (a) Infraestructura de telecomunicaciones (centralita, líneas, software) por 21.341 euros mensuales; (b) Asesoría y apoyo a la dirección (management fee) por 28.857 euros mensuales; (c) Desplazamiento temporal de cuatro personas desde España a Chile (gerentes) con remuneración de 7.500 euros mensuales cada uno, durante 180 días.
• Consultas específicas planteadas al SII: Confirmación del tratamiento tributario de los servicios prestados por la sociedad española a su filial chilena, considerando el Convenio Chile-España y la legislación chilena. Específicamente, se consulta si los pagos a la matriz española por los servicios descritos tributan exclusivamente en España...
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