SII - Oficio N°1584 (29-07-2008)
Oficio N°1584 (29-07-2008) del SII
Abstracto
El SII determina que los retiros de excedentes de libre disposición (ELD) originados en cotizaciones obligatorias están afectos al Impuesto Global Complementario, con derecho a exenciones según el artículo 42 ter de la LIR, si al 06.11.2001 el afiliado no mantenía cotizaciones voluntarias.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1.584, de 29.07.2008, del Servicio de Impuestos Internos (SII), Subdirección Normativa, Dpto. de Impuestos Directos. Materia: Situación tributaria de los retiros de excedentes de libre disposición (ELD) conforme al artículo 42 ter de la Ley de la Renta (LIR).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente consulta sobre el régimen tributario de los retiros de ELD originados por cotizaciones obligatorias, buscando acogerse al régimen del antiguo artículo 71 del D.L. N° 3.500, vigente antes del 7 de noviembre de 2001, según el artículo 6° transitorio de la Ley N° 19.768. El contribuyente tenía 65 años al entrar en vigencia la Ley N° 19.768 (noviembre de 2001) pero inició trámites de pensión recientemente, manteniendo ELD originados antes de dicha ley. Su AFP le indicó que debía ser pensionado a la fecha de entrada en vigencia de la Ley N° 19.768 para acogerse al antiguo artículo 71 del D.L. N° 3.500.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Puede el contribuyente acogerse al régimen del antiguo artículo 71 del D.L. N° 3.500 para los retiros de ELD originados en cotizaciones obligatorias anteriores al 7 de noviembre de 2001, si no era pensionado a esa fecha?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): ...
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