SII - Oficio N°1373 (27-04-2009)
Oficio N°1373 (27-04-2009) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre el tratamiento tributario en la Ley de la Renta e IVA de los desembolsos incurridos en la construcción de una obra comunitaria (costanera) impuesta como condición para la ejecución de un proyecto portuario. Se califica como gasto necesario si es obligatorio y se cumplen los requisitos del art. 31 LIR.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1.373, de 27.04.2009, Subdirección Normativa, Dpto. de Impuestos Directos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Compañía YYYY, concesionaria marítima (Decreto N° 288/2004), consulta sobre el tratamiento tributario de los desembolsos incurridos en la construcción de una costanera. Esta construcción fue impuesta por la autoridad (Resolución Exenta N° 230/2005 de la Comisión Regional del Medio Ambiente) como requisito para la aprobación del proyecto de construcción de una cancha de acopio en el Puerto de TTTT, mitigando impactos visuales y turísticos.
• Consultas específicas planteadas al SII:
- Si los gastos de construcción de la costanera cumplen con el requisito de ser necesarios para producir la renta y, por lo tanto, son deducibles en la determinación de la Renta Líquida.
- Si la empresa puede utilizar como crédito fiscal el IVA soportado en la construcción de la costanera.
- En caso de que el SII no considere los gastos como necesarios para producir la renta, si deben ser activados como parte integrante del proyecto y sometidos al régimen de depreciación.
- Si, en caso de que el SII considere que dichos gastos tampoco deben ser activados, si deben quedar afectos al Impuesto Único de 35% previsto en el artículo 2...
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