SII - Oficio N°1717 (15-05-2009)
Oficio N°1717 (15-05-2009) del SII
Abstracto
El SII aclara el criterio para determinar si los pagos por expropiaciones forman parte del costo de construcción en obras públicas, reiterando que no lo son según el Art. 16, letra c) del DL 825. Permite solicitar devolución de IVA pagado en exceso, cumpliendo ciertos requisitos.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1.717, de 15.05.2009, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA), costo de construcción, expropiaciones.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El Ministerio de Obras Públicas (MOP) ejecuta obras de infraestructura mediante concesiones (D.S. 900/1966). Estas obras a veces requieren terrenos privados, adquiridos por el Fisco mediante expropiaciones (D.L. N° 2.186/1978). Las bases de licitación obligan al concesionario a pagar al Fisco el costo de estas expropiaciones. La Ley N° 19.460 modificó las leyes de Impuesto a la Renta e IVA, instruyéndose sobre el tratamiento tributario de las concesiones mediante la Circular N° 44/1996. El Oficio N° 2.793/1996 señaló que los pagos por expropiaciones son costo de construcción, gravados con IVA. Posteriormente, el Oficio N° 2.876/2008 concluyó que no forman parte del costo de construcción según el Art. 16°, letra c), del D.L. N° 825/1974.
• Consultas específicas planteadas al SII: 1) ¿Cuál criterio debe aplicarse respecto del tratamiento del pago por concepto de expropiaciones en el costo de construcción de las obras públicas? 2) ¿Corresponde que la concesionaria restituya al MOP el IVA pagado por éste, correspondiente a los pagos por expro...
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