SII - Oficio N°1771 (20-05-2009)
Oficio N°1771 (20-05-2009) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 1.771 de 2009, establece que la franquicia del Art. 21 del D.L. 910 de 1975 aplica a contratos de construcción de inmuebles habitacionales, independientemente de si el adquirente es persona natural o jurídica.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1.771, de 20.05.2009, emitido por la Subdirección Normativa, Depto. de Impuestos Indirectos del SII.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta sobre la procedencia del crédito especial del 65% del IVA (Art. 21 del D.L. N° 910 de 1975) para una empresa constructora (Ingeniería Construcción y Arquitectura XXXX Limitada) que ejecuta obras según contrato general de construcción. La duda surge porque la adquirente/compradora es una persona jurídica (YYYY Sociedad Anónima Agencia en Chile), lo que podría dificultar la verificación del destino habitacional de la obra.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es aplicable la franquicia del Art. 21 del D.L. N° 910 de 1975 a la empresa constructora, considerando que la adquirente de la obra es una persona jurídica?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El Director consultante analiza elementos que podrían presumir la procedencia o improcedencia de la franquicia.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Art. 21 del D.L. N° 910 de 1975; D.L. N° 825 de 1974.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: La franquicia beneficia a los contratos de construcción (que no sean por administración) de inmuebles para habitación...
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