SII - Oficio N°1773 (20-05-2009)
Oficio N°1773 (20-05-2009) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 1.773 de 2009, establece que la carta certificada de requerimiento de pago, como gestión de cobranza para castigar créditos incobrables, debe ser enviada a través de Correos de Chile para su validez tributaria.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1.773, de 20.05.2009, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Directos. Materia: Gastos necesarios para producir la renta, castigo de créditos incobrables y requisitos de la carta certificada según Circular N° 24/2008.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente consulta si la carta certificada de requerimiento de pago, exigida por la Circular N° 24/2008 para el castigo de créditos incobrables, puede ser enviada por cualquier empresa de correos o si es privativo de Correos de Chile, y si las empresas de correo privadas deben cumplir algún requisito especial.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Puede la carta certificada ser enviada por cualquier empresa de correos (distinta de Correos de Chile)? En caso afirmativo, ¿deben estas empresas cumplir algún requisito especial para la certificación?
• Argumentos del consultante: No se explicita en el oficio.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Circular N° 24 de 24.04.2008; Artículo 31, inciso 1°, de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII indica que el castigo de un crédito incobrable bajo las normas de la Circular N° 24/2008 consti...
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