SII - Oficio N°1839 (27-05-2009)
Oficio N°1839 (27-05-2009) del SII
Abstracto
El SII determina que las ventas de comida de una entidad religiosa son gravadas con IVA si existe habitualidad. La importación de vestuario, obras de arte, música y libros con fines religiosos también está afecta a IVA, al no existir exención.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1.839, de 27.05.2009, de la Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Directos, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Tributación en la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA) y la Ley sobre Impuesto a la Renta en operaciones de venta e importaciones realizadas por una entidad religiosa constituida al amparo de la Ley 19.638.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El representante legal de una entidad religiosa (registrada bajo el número xxx, de fecha x de febrero del año xxxx, del Ministerio de Justicia, entidad constituida y regida por las normas de la Ley N° 19.638) consulta al SII sobre los impuestos que afectan a estas instituciones sin fines de lucro y si pueden desarrollar actividades remuneradas para cumplir sus fines. Una de las actividades sería ofrecer colación vegetariana a precio módico ($1.000), en relación con los principios de su fe. También consulta sobre beneficios en la importación y comercialización de vestuario, obras de arte, música (CD, DVD, cassettes) y libros con fines devocionales.
• Consultas específicas planteadas al SII:
- ¿Qué impuestos afectan a las instituciones religiosas que no persiguen fines de lucro?
- ¿Pueden estas instituciones desarrollar actividades remu...
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