SII - Circular N°35 (10-06-2009)
Circular N°35 (10-06-2009) del SII
Abstracto
La Circular N°35 del SII, de 2009, publica las tablas del Impuesto Único de Segunda Categoría para julio de 2009, junto con información sobre IPC, UTM, corrección monetaria, impuesto a choferes de taxi y trabajadores agrícolas, y reliquidación anual del impuesto único.
Resumen
• Datos básicos de la circular: Circular N°35, 10 de junio de 2009, Servicio de Impuestos Internos. Materia: Tablas de Impuesto Único de Segunda Categoría para el mes de Julio del año 2009 e información adicional relacionada con dicho tributo.
• Contexto normativo y objetivo: Establecer los valores y tablas para el cálculo del Impuesto Único de Segunda Categoría correspondiente al mes de julio de 2009, junto con otra información relevante para el cálculo de impuestos.
• Alcance y ámbito de aplicación: Empleadores, trabajadores dependientes, choferes de taxi, trabajadores agrícolas y contribuyentes del Impuesto Global Complementario.
• Principales instrucciones y criterios interpretativos:
- Índice y Variación del IPC: Mayo 2009: 98,86; VIPC: -0,3%.
- Unidad Tributaria Mensual (UTM): Julio 2009: $36.682. Unidad Tributaria Anual (UTA): Julio 2009: $440.184.
- Porcentajes de Corrección Monetaria: Se indican los porcentajes de corrección monetaria para diversos períodos, señalando que los valores negativos deben igualarse a cero.
- Impuesto Único para Choferes de Taxis: El impuesto corresponde al 3,5% aplicado sobre 2 UTM, resultando en $2.568 para julio de 2009.
- Gratificación de Zona: El sueldo del Grado 1-A de la E.U.S. asciende a $478.385 para julio de 200...
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