SII - Oficio N°2824 (15-09-2009)
Oficio N°2824 (15-09-2009) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 2.824 de 2009, establece el tratamiento tributario de viáticos pagados a profesionales contratados a honorarios por la administración pública, diferenciando según cumplan o no los requisitos del Art. 16 del DL 824/74, impactando en la tributación y emisión de boletas de honorarios.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2.824, de 15.09.2009, emitido por la Subdirección Normativa del SII, Departamento de Impuestos Directos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Subsecretaría de Marina consulta al SII sobre el tratamiento tributario de los viáticos otorgados a personal contratado a honorarios, a raíz de una observación de la Contraloría General de la República que los considera renta, exigiendo la emisión de boletas de honorarios.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Los viáticos pagados a profesionales contratados a honorarios por la Administración Pública están amparados por la liberación tributaria del artículo 17 N° 15 de la LIR?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Se argumenta que, según la Contraloría General de la República, los viáticos otorgados al personal contratado a honorarios constituyen renta, lo que implicaría una mayor remuneración sujeta a la emisión de boletas de honorarios.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: * Artículo 17 N° 15 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR). * Artículo 16 del Decreto Ley N° 824, de 1974. * Artículo 33 del Decreto Ley N° 249, de 1973. * Artículos 42 N° 1 y 43 N° 1 de la LIR. * Oficio N° 5.631 ...
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