SII - Oficio N°3255 (09-11-2009)
Oficio N°3255 (09-11-2009) del SII
Abstracto
El SII rechaza la reconsideración solicitada, manteniendo su criterio de que la exención de IVA del Art. 13 N°7 del DL 825 no se aplica a establecimientos de salud que, por contrato con el INP, otorgan prestaciones a beneficiarios del seguro de accidentes del trabajo.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3.255, de 09.11.2009, de la Subdirección Normativa, Dpto. de Impuestos Indirectos. Materia: Solicita reconsideración del Ord. 2956, de 09/07/2004, sobre la aplicación de la exención del artículo 13°, N° 7, del D.L. N° 825 a establecimientos de salud particulares que, mediante contratos con el Instituto de Normalización Previsional (INP), otorgan prestaciones de salud a beneficiarios del seguro obligatorio contra riesgos de accidentes del trabajo. • Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se solicita reconsiderar el criterio del SII respecto a la aplicación de la exención de IVA a establecimientos de salud que atienden a beneficiarios del seguro de accidentes del trabajo a través de convenios con el INP. • Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es aplicable la exención del artículo 13°, N° 7, del D.L. N° 825 a establecimientos de salud particulares que, en virtud de contratos celebrados con el INP, otorgan prestaciones de salud a beneficiarios del seguro obligatorio contra riesgos de accidentes del trabajo? • Argumentos del consultante: El consultante se basa en un informe del Fiscal del INP, argumentando que, tras la fusión de instituciones de previsión en el INP (Ley N° 18.689), toda referencia legal al ex Servicio de Seguro Soc...
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