SII - Oficio N°337 (24-02-2010)
Oficio N°337 (24-02-2010) del SII
Abstracto
El SII determina que el arrendamiento de un inmueble sin amoblar y sin instalaciones para actividades comerciales o industriales, destinado a un centro de reinserción social, no está gravado con IVA, según el Art. 8° letra g) del DL 825.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 337, de 24.02.2010, emitido por la Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Indirectos del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Dirección Nacional de Gendarmería arrienda un inmueble a YYY S.A. para el funcionamiento de un XXXX (centro de reinserción social). El contrato de arrendamiento se pactó desde el 1° de febrero de 2006. El inmueble se entregó sin amoblar y sin instalaciones para actividades comerciales o industriales. La cláusula sexta del contrato especifica que el inmueble se destinará a oficinas administrativas, talleres y servicios de guardia de Gendarmería.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta sobre la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) al arrendamiento del inmueble destinado al funcionamiento del XXXX.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Se indica que el inmueble se arrendó sin amoblar y sin instalaciones para actividades comerciales o industriales, y que se destina a funciones administrativas, talleres y servicios de Gendarmería.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el Art. 8°, letra g), del D.L. 825, de 1974, que grava con IVA el arrendamiento de inmuebles amob...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.