SII - Oficio N°349 (26-02-2010)
Oficio N°349 (26-02-2010) del SII
Abstracto
El SII aclara la aplicación del beneficio tributario del Art. 21 del D.L. 910, específicamente sobre contratos de urbanización y pavimentación de viviendas sociales, incluyendo el cálculo proporcional del beneficio cuando coexisten viviendas sociales y de otro tipo en un mismo proyecto.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 349, de 26.02.2010, de la Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Indirectos del SII. Se refiere a consultas sobre la aplicación del beneficio contenido en el Art. 21 del D.L. N° 910 en urbanizaciones destinadas a viviendas.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El Director Regional de la IV Dirección Regional traslada una presentación del Director del SERVIU XXX, quien remite consulta del Sr. YYY sobre la aplicación del crédito del 0,65 en contratos de pavimentación para viviendas sociales y la documentación requerida para informar contratos vigentes al 30 de junio de 2009.
• Consultas específicas planteadas al SII: a) Si los contratos de pavimentación para viviendas sociales siguen acogidos al régimen anterior del crédito del 0,65. b) Si dentro de un contrato de pavimentación se consideran viviendas sociales y viviendas que se salen de esta clasificación, ¿el contrato se acogerá al crédito del 0,65, en forma proporcional? c) Para informar al SII sobre los contratos vigentes al 30 de junio de 2009, se solicita aclarar qué documentos se deben presentar (contrato general de construcción firmado antes del 30 de junio de 2009 y permiso de edificación) considerando que existe una resolución que reemplaza al contrato y qu...
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