SII - Oficio N°386 (09-03-2010)
Oficio N°386 (09-03-2010) del SII
Abstracto
El SII dictamina que la pérdida de la copia de la solicitud de registro de una empresa hotelera no anula la exención de IVA (Art. 12, letra E, N° 17, DL 825), si el registro se verifica por otros medios.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 386, de 09.03.2010, Subdirección Normativa, Dpto. de Técnica Tributaria.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Un contribuyente de giro Hotel y Restaurant solicita un pronunciamiento sobre la aplicación de la exención del Art. 12°, letra E), N° 17, del D.L. 825, de 1974, tras perder la copia de su formulario de inscripción en el registro del SII. El contribuyente se inscribió oportunamente y se le timbraron facturas de exportación, lo que internamente exige la acreditación del registro en el SII.
• Consultas específicas planteadas al SII
- ¿La ausencia de la copia del formulario de inscripción obsta a la exención del Art. 12 letra E N° 17?
- Si no existe custodia del original de la inscripción, ¿constituyen prueba suficiente de dicha inscripción la patente de hotel y haber timbrado y emitido facturas de exportación?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) El contribuyente entiende que la pérdida de la copia del formulario no implica la pérdida de la exención, ya que el original debe estar en la Subdirección de Fiscalización. En caso de no existir el original, la patente de hotel y el timbraje de facturas de exportación serían prueba suficiente de la inscripción.
• Doctrina administrativa, normativa y juris...
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