SII - Oficio N°1213 (22-07-2010)
Oficio N°1213 (22-07-2010) del SII
Abstracto
El SII establece que los pagarés y letras de cambio emitidos para garantizar deudas de pacientes con los Servicios de Salud están exentos del Impuesto de Timbres y Estampillas, basándose en la exención otorgada al antiguo Servicio Nacional de Salud, ahora aplicable a los Servicios de Salud.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1.213, de 22.07.2010, de la Subdirección Normativa, Departamento de Técnica Tributaria del SII. • Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente consulta si los pagarés o letras de cambio que garantizan deudas de pacientes con el Servicio de Salud o sus hospitales están afectos al Impuesto de Timbres y Estampillas (ITE). • Consultas específicas planteadas al SII: ¿Los pagarés o letras de cambio que dan cuenta de deudas contraídas por pacientes con el Servicio de Salud o alguno de sus hospitales, se encuentran afectas a impuestos del DL 3.475, de 1980? • Argumentos del consultante: No explicita argumentos, solo plantea la consulta. • Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el artículo 1 N°3 del DL 3.475, de 1980; artículos 23 y 24 del mismo decreto ley; artículo 16 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2005; artículo 2 del Decreto 140, de 2005, del Ministerio de Salud; N° 2 del artículo 1° del Decreto 2106, del Ministerio de Hacienda; Circular 79 de 1980; inciso segundo del artículo transitorio del Decreto Ley N° 619, de 1974. • Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: Los Servicios de Salud son los continuadores legales del Servicio Nacional de Salud y del Servicio Médico Nacional...
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