SII - Oficio N°1703 (24-09-2010)
Oficio N°1703 (24-09-2010) del SII
Abstracto
El SII aclara que es el organismo competente para pronunciarse sobre el capital propio declarado en el Formulario 22 para efectos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, y para rectificar o corregir dicho capital.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1703, de 24.09.2010, de la Subdirección Normativa, Dpto. de Impuestos Directos. Se refiere a la rectificación o corrección del capital propio declarado en el Formulario N° 22 de Renta.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta si las Municipalidades están facultadas para rebajar del capital propio (para el cálculo de la patente municipal) activos como bienes muebles o transportes, o si los contribuyentes deben dirigirse al SII para regularizar su situación.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Quién tiene la facultad de instruir sobre la forma de calcular el capital propio para fines de la patente municipal, el SII o las municipalidades?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el artículo 24 del Decreto Ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales; los artículos 1° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos y 6° inciso 1° del Código Tributario; y el artículo 41 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII es el organismo competente para pronunciarse sobre las partidas que sirven de base para la cuantificación del capital propio declar...
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