SII - Oficio N°1757 (04-10-2010)
Oficio N°1757 (04-10-2010) del SII
Abstracto
El SII determina que los contribuyentes del Art. 42 N°2 LIR, como los notarios, que optan por declarar renta efectiva mediante un libro de entradas y gastos, no cumplen con los requisitos para el cálculo de gratificaciones según el Código del Trabajo, ya que este exige contabilidad completa para determinar el capital propio.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1757, de 04.10.2010, de la Subdirección Normativa del SII, Departamento de Impuestos Directos. Trata sobre la obligación de llevar contabilidad para contribuyentes del artículo 42 N°2 de la LIR y el pago de gratificaciones a sus trabajadores.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta al SII sobre la obligatoriedad de llevar contabilidad por parte de los contribuyentes del artículo 42 N°2 de la LIR, específicamente en relación con la obligación de gratificar a sus trabajadores, considerando la doctrina de la Dirección del Trabajo y pronunciamientos previos del SII.
• Consultas específicas planteadas al SII: a) Si el libro de entradas y gastos que llevan los contribuyentes del artículo 42 N°2 de la LIR que optan por declarar a base de gastos efectivos tiene el carácter de libro de contabilidad. b) Si para estos contribuyentes, llevar este libro es obligatorio. c) Si con dicha documentación el SII puede determinar el capital propio y la utilidad líquida del contribuyente, o si se requieren otros libros de contabilidad.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante señala que, según la doctrina de la Dirección del Trabajo y pronunciamientos previos del SII, los notarios públicos no estarían o...
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