SII - Oficio N°2113 (19-11-2010)
Oficio N°2113 (19-11-2010) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la exención del impuesto territorial para inmuebles de una fundación, siempre que se destinen a beneficencia y cumplan los requisitos legales. Se acoge la solicitud, condicionada al uso de las rentas en actividades benéficas.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 2113, de 19.11.2010, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Departamento de Técnica Tributaria.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes La Fundación XXX solicita al SII la exención del impuesto territorial para los inmuebles de su propiedad donde se ubica el TTT y sus oficinas centrales, y donde se construye el Centro Artístico Cultural y de Convenciones YYY. Fundamenta su petición en su labor de apoyo a niños y jóvenes con discapacidad física y en la financiación de sus actividades a través de eventos como el YYY.
• Consultas específicas planteadas al SII ¿Procede la exención del impuesto territorial para los inmuebles de propiedad de la Fundación XXX, destinados a sus actividades y a la construcción del Centro Artístico Cultural y de Convenciones YYY?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) La Fundación argumenta que moviliza la solidaridad en favor de niños y jóvenes con discapacidad, realizando el evento YYY desde 1978, lo que ha permitido la rehabilitación de más de 68.000 personas y la creación de 10 Institutos de Rehabilitación. El Centro Artístico Cultural busca modernizar sus instalaciones y generar recursos para los institutos.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudenci...
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