SII - Oficio N°1955 (25-08-2011)
Oficio N°1955 (25-08-2011) del SII
Abstracto
El SII determina que la capitalización de utilidades retenidas en una sociedad extranjera no requiere inscripción en el RIE para utilizar el crédito del Art. 41 A, siempre que la inversión original esté inscrita.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1955, de 25.08.2011, de la Subdirección Normativa del SII, Departamento de Impuestos Directos. Director: Julio Pereira Gandarillas. Materia: Registro de Inversiones en el Exterior (RIE) y capitalización de utilidades retenidas en una sociedad constituida en el extranjero. Requisito para utilizar el crédito que contempla el Artículo 41 A letra A de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una empresa chilena constituyó en 1998 la sociedad anónima "XXX S.A.C." en el extranjero, formalizando la inversión a través del mercado cambiario formal e inscribiéndola en el RIE. En 2002, aumentó el capital de XXX S.A.C. mediante la capitalización de utilidades retenidas. Entre 2006 y 2009, XXX S.A.C. distribuyó utilidades a la empresa chilena, quien incluyó estos dividendos en su base imponible y utilizó el impuesto soportado en el extranjero como crédito contra el Impuesto de Primera Categoría (IDPC).
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es necesario inscribir en el RIE la capitalización de utilidades retenidas en una sociedad extranjera para poder utilizar el crédito por impuestos soportados en el extranjero, conforme al artículo 41 A de la LIR?
• Argumentos del consultante: La empresa argumen...
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