SII - Oficio N°1960 (25-08-2011)
Oficio N°1960 (25-08-2011) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre el tratamiento tributario de la adquisición del derecho a reembolso del aporte de un ex socio de una cooperativa, estableciendo cuándo se devenga el ingreso y qué ocurre si la condición suspensiva falla.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1960, de 25.08.2011, de la Subdirección Normativa, Dpto. de Impuestos Directos del SII.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una sociedad anónima cerrada es cesionaria de un derecho sujeto a condición suspensiva contra una cooperativa, originado por la renuncia de un ex socio, según el artículo 19 de la Ley General de Cooperativas y el artículo 20 de los estatutos de la cooperativa. El precio de la cesión fue el 50% del valor nominal de las cuotas.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si el adquirente debe registrar un activo intangible por el valor pagado, cuándo se reconoce el ingreso (al cumplirse la condición suspensiva por disponibilidad de recursos en el "Fondo de Devolución de Cuotas de Participación"), y si procede llevar a gasto el activo intangible una vez reconocido el ingreso.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante argumenta que no ha existido devengo ni percepción de los ingresos hasta que se cumpla la condición suspensiva.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el artículo 19 de la Ley General de Cooperativas (DFL N°5 de 2004) y el artículo 24 del Reglamento de esa Ley.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII...
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