SII - Oficio N°1962 (25-08-2011)
Oficio N°1962 (25-08-2011) del SII
Abstracto
El SII determina que las transferencias de bienes muebles o servicios entre la Dirección de Aeronáutica Civil y otras entidades que actúan bajo la personalidad jurídica del Fisco no están afectas a IVA, pero sí las operaciones con particulares.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1962, de 25.08.2011, de la Subdirección Normativa del Departamento de Impuestos Indirectos del SII.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) consulta si la venta de material impreso a otros organismos del Estado está gravada con IVA, considerando que otra institución estatal no grava dichas ventas entre entidades estatales, al considerar que son traspasos entre dependencias de una misma persona jurídica (el Fisco).
• Consultas específicas planteadas al SII: Confirmar si el criterio de no gravar con IVA las ventas de material impreso entre instituciones del Estado es aplicable a la DGAC en sus prestaciones y ventas a otros organismos de la Defensa Nacional y del sector público en general.
• Argumentos del consultante: Se basa en el conocimiento de que otra institución del Estado no considera gravadas con IVA las ventas de material impreso a otras instituciones estatales.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Artículos 6 y 8 del D.L. N° 825 de 1974 (Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios); Artículo 20 N° 3 y 4 de la Ley sobre Impuesto a la Renta; Artículo 29 de la Ley N° 15.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración d...
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