SII - Oficio N°2018 (30-08-2011)
Oficio N°2018 (30-08-2011) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre el crédito especial IVA del artículo 21 del DL 910, valorización de unidades vendibles, y bienes destinados al equipamiento de viviendas, reiterando criterios sobre tasación, concepto de habitación y adhesión permanente al inmueble.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2018, de 30.08.2011, de la Subdirección Normativa, Departamento de Técnica Tributaria del SII. Materia: Crédito especial del IVA del artículo 21 del DL 910, de 1975, valorización de unidades vendibles, bienes destinados al equipamiento de las viviendas y facultad de tasar del Servicio. Se reiteran instrucciones impartidas.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una asociación gremial consulta sobre la vigencia del artículo 5° transitorio de la Ley N° 20.455 y aspectos prácticos del crédito especial IVA en la vivienda.
• Consultas específicas planteadas al SII: a) Confirmar si las empresas pueden valorizar libremente estacionamientos y bodegas (subterráneos o de superficie), sin perjuicio de las facultades de fiscalización del SII. b) Confirmar si bienes destinados al equipamiento de viviendas (tinas, lavatorios, hornos, lavaplatos, etc.) son inmuebles por adherencia, respecto de los cuales procede el crédito especial IVA.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se exponen explícitamente.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita la Circular N° 57 de 2010, Oficio N° 1945 de 26.10.2010, Circular N° 52 de 2008 y Oficio N° 4853 de 2000.
• Fundamentos clave del pronuncia...
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