SII - Oficio N°1137 (15-05-2012)
Oficio N°1137 (15-05-2012) del SII
Abstracto
El SII responde a consulta sobre tributación de dos pensiones de jubilación. Ratifica la aplicación del Impuesto de Segunda Categoría y la obligatoriedad de reliquidar el impuesto si se perciben rentas de más de un pagador, conforme a la LIR.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1137, de 15.05.2012, de la Subdirección Normativa, Dpto. de Técnica Tributaria del SII. Materia: Impuesto a la Renta, Artículos 42 N°1 y 43 N°1. Se refiere a la tributación de personas que perciben dos jubilaciones.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente manifiesta percibir dos pensiones de jubilación que suman $600.000 mensuales y haber sido informado de que debe pagar impuestos por ello, ascendiendo el monto anual a $200.000. Consulta sobre posibles acciones o correcciones a esta situación.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es posible alguna acción para evitar el pago de impuestos por percibir dos pensiones o, en su defecto, que esta situación se corrija en futuras modificaciones legales?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante considera injusto el pago de impuestos por percibir dos pensiones, especialmente si suman un monto relativamente bajo.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se citan los artículos 42 N°1, 43 N°1 y 47 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: Las rentas por sueldos, salarios y pensiones de jubilación están afectas al Impuesto de Segunda Categoría. Si se p...
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